Conversión de un contrato temporal en indefinido

Buenas tardes, llevo trabajando 2 años con un contrato por obra o servicio a través de una ETT en una empresa usuaria. Mi puesto siempre ha estado cubierto por trabajadores temporales. Según las exclusiones recogidas en el artículo 8, apartado c, de la Ley 29/1999, entiendo que el contrato estaría en fraude de ley. ¿A cuál de las 2 empresas tengo que solicitar mi conversión en indefinida? Si puedo elegir evidentemente me quedaría en la usuaria.
Gracias de antemano por tu ayuda.

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Es estos casos mi consejo es que consultes con un abogado laboralista, si no en un sindicato te pondrán informar .
Lo mejor es un laboralista o también te puede informar y asesorar adecuadeamente un asesor laboralista de una gestoría,
estas cosas son delicadas y una mala información podría perjudicarte .

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