Despido nulo o improcedente

Me despidieron" por causas objetivas-en virtud del art.52.1.c) del ET" .En la carta también pone que ponen a mi disposición el importe de la indemnización- contado como 45 días por año trabajado - desde 27/07/2007 hasta 18/05/2010). No he recibido nada de este dinero. Tampoco he recibido el finiquito y también no me deben la nomina del mes abril. He firmado la carta de despido y el finiquito sin poner "no conforme", porque me dijeron que después de firmar me van a pagar. En la acta de conciliación no hemos conseguido de acuerdo. Mi abogado ha puesto una demanda por despido nulo o subsidiariamente improcedente. Estoy esperando que se celebre el juicio y estoy en paro. Mi pregunta es que posibilidades tengo para que se dicte un despido improcedente, porque si es nulo, hay que reincorporarme y esto ya seria muy inconfortable para mi.

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Te recomiendo en tu caso consultar con tu abogado ya que está llevando el juicio. Igualmente en el caso que sea declarado el despido nulo en el juicio .
Así mismo te comento las consecuencias del despido Nulo El despido NULO acarrea, como consecuencia legal, la readmisión al puesto de trabajo. Si se consigue esta nulidad en sede judicial, ello se traduce no en una verdadera situación de tener que volver a trabajar (tras un conflicto laboral se hace difícil o indeseable para ambas partes), sino en una posición de verdadera fuerza para negociar tu salida de forma más ventajosa que si te reconocen la improcedencia.
Muchas gracias
Pero me queda una duda sobre lo que me dice mi abogado:por no reincorporarme va ha intentar a negociar con mis jefes, que me pagan la mitad de lo que me deben(la nomina de abril y el finiquito, sin la indemnización) antes del juicio y la otra mitad en plazo de un mes, es porque la empresa esta mal con el dinero. ¿Eso lo puede hacer solo con un acto de conciliación con el poder que le he dejado yo y sin que me presente en el juez? En caso que no me pagan en este plazo va a presentar un escrito antes del juez para pedir embarcar las cuentas de la empresa y si no me puede pagar FOGASA, ¿no?
Un saludo
Si llegáis a una conciliación implica que ambas partes aceptan lo acordado, consulta también con tu abogado que es lo que más te conviene y si no estás conforme busca otro abogado que lleve mejor el tema. Ten en cuenta que en el caso de declararse despido nulo por un juez (tarde el tiempo que tarde), la empresa además de readmitirte tendrá que pagarte las nominas equivalentes desde el momento de tu despido declarado nulo hasta el momento de reincoporporación. Respecto a lo de FOGASA desconozco el tema.
Perdona pero este tema en profundidad no conozco.

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