Acto de reconciliación

Ya te realice unas preguntas sobre un despido objetivo que me realizaron el día 05/05/2009, ahora te quería preguntar otra cosa con referencia a las anteriores preguntas.
Como mi ex-jefe todadia no me ha pagado el finiquito y me debe 2 nominas, pues hicimos la reclamación porque no estoy conforme con el despido objetivo y solicitando que se considere nulo por no haberme pagado, el próximo día 15/06/2009 tenemos previsto el acto de conciliación. Quisiera que me explicaras en que consiste este acto y los derechos que yo tengo, pues no quisiera conformarme con lo primero que me ofrezcan si no es lo que me toca. Oriéntame un poco por favor.
A continuación te pongo la primera pregunta que te mande y la cual me solucionaste perfectamente.
Hola, el pasado día 6/04/09 me fue entregada la carta de despido, alegando la empresa que se deshacían de mi puesto de trabajo porque están pasando una mala situación económica. Me dicen también que pondrán a mi disposición, al vencimiento de la relación laboral (05/05/09) la indemnización legal de 20 días por año, ¿en total 2017.80?, de los cuales el 40% lo tengo que reclamar al fondo de garantía salarial.
Yo trabajo en la empresa desde enero de 2007.
Me dieron las vacaciones perteneciantes al 2009 del dia 07/04/09 al dia 21/04/09.
Antes de entregarme la carta de despido la empresa cojio a un trabajador en practicas y también esta trabajando sin contrato un amigo del jefe que se ha quedado en paro, este amigo esta realizando el trabajo que yo realizaba y a mi me cambio de sitio. Desde finales del año pasado he estado aguanto la presión realizada por mi jefe para que abandonara la empresa, ordenes contradictorias, mala educación (por su parte)...
¿Es correcto este despido?
¿Puedo reclamar por no estar conforme con este despido?
Si yo reclamo una vez finalizada la situación laboral porque no estoy conforme con el despido objetivo, ¿se podría considerar nulo? ¿Y qué pasaría si fuese considerado nulo?
¿Pueden alegar despido objetivo y tener dos trabajadores nuevos?
Perdona pero es que tengo muchas dudas.

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No recuerdo cual fue mi respuesta, pero intentare aclararte todo
1) En despido objetivo demostrado por la empresa ante el juzgado, la indemnización es de 20 días por año trabajado.
2) Generalmente no suele ser así, por lo que siempre decimos que es mejor poner demanda ante lo social, ya que perder nunca perdemos, al contrario, ganamos más días de indemnización.
3) En el acta de conciliación, o supuestamente antes, si el empresario es inteligente, te van a ofrecer más indemnización, generalmente suelen pasar de 20 días a 35 días.
Pues bien, si antes o en el mismo momento negocian contigo, tienen que darte un talón nominativo, con tu finiquito, tus nominas atrasadas y la indemnización superior a los 20 días(en esto decides tu, si sigues o no).
4) En caso de que no aceptes, o la empresa no se presente, y teniendo en cuenta, que tu abogado debe solicitar las altas y bajas de los trabajadores de esa empresa hasta la fecha del juicio, tu has ganado, y deben pagarte finiquito, atrasos de nominas, indemnización de 45 días por año trabajado, y salarios de tramitación, es decir todo lo que has dejado de percibir desde la fecha del despido hasta la sentencia.
5) En tu caso no hay despido nulo, porque estas pidiendo que la empresa demuestre que que es un objetivo. No obstante, en la sentencia sabrás como quedas, pero el empresario si se declarase nulo, no querrá que vuelvas.
6) No obstante si tu no quieres volver a la empresa, lo que debe hacer tu abogado es demandar por despido improcedente y poner una reclamación de cantidad para cobrar el finiquito y tus nominas atrasadas. Si el despido es declarado improcedente por el juez y la empresa te readmite podrías no reincorporarte y aun así tendrían que pagarte los salarios de tramitación.
Suerte y a por ellos.

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