¿Contrato por ETT ilegal y posible ERE?

He estado leyendo por la web y según este artículo ( http://laboro-spain.blogspot.com/2009/09/los-contratos-temporales-en-fraude-de.html ), mi contrato por ETT es ilegal, puesto que llevo ya 8 meses contratada a través de una ETT como Aux. Adm., ocupando un puesto necesario en la empresa y ocupado anteriormente por personas indefinidas desde hace más de 15 años. De echo, me contrataron para ocupar el puesto de un chico que se marchó, el me enseñó. En mi contrato de la ETT pone:
"El objeto del presente contrato es atender una obra o servicio determinado de la empresa usuaria; servicio especial motivado por la implantación de nuevas tareas al departamento contable que precisa personal externo y no es definible en el tiempo en virtud de lo que se ha acordado en el contrato de Puesta a Disposición formalizado entre (la ETT) y (la empresa), en fecha (inicio contrato). Este contrato se formaliza desde el día (inicio contrato) hasta la finalización de la obra o servicio."
Según lo que he leído, este contrato no es legal, puesto que 1) No pone causa específica que justifique la eventualidad y 2) Es un puesto necesario y estable en la empresa con precedente de más de 15 años.
En ppio están esperando a que salga la reforma laboral para pasarme a empresa, pero ahora ha surgido un problema; a la empresa le han retirado el marcado CE, por lo que no puede vender. Está en trámite de regularización, se prevé que tarde un mes aprox., pero la empresa se está planteando pedir un ERE en cuanto la prohibición de compra llegue a los clientes. Hablando con mi superior inmediato, me dice que en caso de llegar al ERE, una vez reanudada la actividad de la empresa volverían a cogerme.
Mis preguntas son dos:
1.- ¿Realmente mi contrato es indefinido por incumplir la ley?
2.- En caso de ERE, ¿qué puedo exigir?

1 respuesta

Respuesta
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Da gusto encontrarse con gente que lee los artículos y los entiende.
1- Por supuesto que sí. Exactamente por las razones que has dicho.
2- No te meterían en el ERE, porque eso es una indemnización mínima de20 días por año. Te finalizarían el contrato temporal, porque es una indemnización de 12 días por año por ser de ETT. Si lo hacen demandas por despido improcedente. Lee este artículo sobre pasos a seguir cuando te despiden, cuánto te tienen que liquidar y cómo denunciar.
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Ok, muchas gracias por la rápida respuesta y por la labor que hacéis aquí.
La indemnización de ETT no me la darían, según el contrato, en el precio por hora que me pagan ya va incluida: "Incluye prorrata de pagas extras, vacaciones y fin de contrato". Lo que no me cuadra es que se pueda incluir una indemnización en el precio por hora, cuando ese importe depende de diferentes conceptos...
Lo cierto es que estoy muy bien en el trabajo, y en el caso de llegar al ERE me interesaría más que me volvieran a admitir (indefinida) después que no que me indemnizaran, aun con la indemnización por contrato en fraude. Por ello me surge otra pregunta, y es que si solo tengo 20 días para reclamar y lo hago, conseguiré el indefinido con readmisión o la indemnización, pero en esta empresa si quieren hacer saltar a alguien utilizan todas las artimañas que pueden, y está claro que sería mi futuro cuando volviese a trabajar. Y si reclamo la indemnización, ni de coña me vuelven a llamar después del ERE... Si el trabajo no estuviese como está pues no me preocuparía, se sacarme las castañas del fuego, pero es que tal y como está todo... y además estoy condicionada en horario, no puedo hacer cualquiera porque tengo dos peques. Total, que la pregunta es: Si no reclamo dentro de los 20 días siguientes al despido (que sería, con toda seguridad: "mañana no hace falta que vengas"), una vez reanudasen la actividad de la empresa después de ERE, ¿podría exigir mi reincorporación?
Ah, una cosilla: Hay un pequeño fallillo en el link que me has dado sobre "qué hacer cuando te despidan"; En el texto "que hacer en caso de ere", segundo párrafo, pone "... y la indemnización se acuerde, que no puede ser superior a 20 días por año pero si superior", imagino que el primer "superior" es en realidad un "inferior", ¿no?
Muchísimas gracias, de veras.
Saludos,
M.
Efectivamente, incluir la indemnización prorrateada no es correcto. Si quieres seguir la forma de hacerlo es demandar, antes de que te echen, tanto a la empresa como a la ETT por cesión ilegal de trabajadores, ya que es ilegal usar ETT para puestos fijos. Entonces, si ganas, tienes contrato indefinido con la empresa que elijas de las dos. Obviamente eliges la tuya, no la ETT. Mientras que se resuelve el juicio si te meten en el ETT entonces se mete otra demanda por despido nulo por vulneración de tu derecho fundamental a la tutela judicial.

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