Invalidez

Os explico mi caso:la seguridad social me dio una total para mi trabajo habitual en agosto del 2008, con revisión a los 2 años manteniendo puesto de trabajo por posible mejoría, según estatuto de trabajadores.
Rerecurri ante lo SOCIAL, solicitando la absoluta, el juez dictaminó absoluta a mi favor, el inss recurrió por suplicación y al parecer según el tribunal superior de justicia no habrá sentencia hasta después de este verano 2010, dada la acumulación de casos. Creéis que el inss, puede llamarme, habiendo pendiente una sentencia, ¿Cómo queda mi situación respecto a mi empresa se me sigue reservando el puesto hasta que haya sentencia. ¿Qué debo hacer?

1 Respuesta

Respuesta
1
En principio debería quedar en suspenso la incorporación al trabajo pendiente del recurso aunque deberías avisar a la empresa por escrito de que está pendiente la resolución para que ellos no puedan alegar desconocimiento a la hora del reasignar tu puesto de trabajo. De todas formas tu abogado es quién debería redactar ese documento para que no tenga fallos legales.
Muchas gracias, y en cuanto a l revisión, ¿creéis qué la seguridad social me puede llamar antes dehaber sentencia firme porque ellos recurrieron y son sabedores?
El INSS puede revisarte el grado de incapacidad periódicamente, porque el reconocimiento de una incapacidad permanente no se basa sólo en que tengas daños irreversibles sino también en que ese daño pueda curar tan lentamente que escape a los periodos legales establecidos para incapacidad temporal, prórroga de la misma e, incluso, el periodo de dos años en los que te dan la permanente revisable (aunque una modificación de una permanente después de dos años es muy muy difícil). Si te llamasen para eso, lleva una copia de la sentencia donde se te da la absoluta y diles que está pendiente de resolución. Tú puedes pedir la suspensión temporal hasta la resolución del recurso de cualquier medida que ellos tomen, así que no creo que, por unos meses, tomen ninguna medida. Si la tomasen, que tu abogado pida la suspensión y, habitualmente, la conceden.
Muchas gracias, ¿cuándo me dice pedir la suspesión.a qué se refiere?
Si el INSS (o cualquier administración) toma una resolución (por ejemplo darte de alta) tú puedes pedir una suspensión de esa resolución (no se ejecuta) hasta que esté resuelto un tema relacionado (en este caso el recurso de ellos). O sea, que pides que no te hagan incorporarte hasta que estaclarado el asunto. Tu abogado sabe cómo se tiene que hacer porque es algo bastante rutinario, similar por ejemplo a que te pongan una multa y tú la recurras, pides que no te obliguen a pagarla hasta la resolución del recurso.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas