¿Qué debo hacer para proteger los derechos adquiridos en mi cargo?

Llevo trabajando en la misma empresa de seguridad desde el año 1995, he estado desempeñando el cargo de jefe de servicios desde el año 1999 .
El jefe de seguridad me lleva sometiendoa cambios en mi actividad a causa de amiguismo con otros compañeros a los que quiere poner en mi lugar . El ultimo cambio me lo va a notifica la semana que viene y consiste en que voy a dejar de realizar el trabajo que vengo desempeñando desde la fecha arriba indicada, pasando de ejercer de jefe de servicios con función de realización de cuadrantes, supervision, relación con los clientes, contratación de personal, supervision de servicios, montaje y distribución de funciones, relación con el cliente ...
Y pretende dejarme en un despacho en la oficina con el mismo cargo pero dedicado a funciones administración, contabilidad, suma de horas realizadas y facturación
¿Que debo hacer para proteger los derechos adquiridos en mi cargo.?

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El Estatuto de los Trabajadores prohíbe la movilidad funcional hacia abajo excepto por razones "perentorias o imprevisibles de la actividad productiva. El empresario deberá comunicar esta situación a los representantes de los trabajadores." Además, en estas circunstancias extraordinarias, la movilidad hacia abajo siempre será temporal y siempre manteniendo el mismo salario que se cobraba en la categoría superior. En resumen, que está prohibido "degradar" a un empleado y/o bajarle el sueldo. Por tanto si lo hacen simplemehte demandas y tendrán que restituirte y pagarte lo que te deban.
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¿Con cuánto tiempo, y de que manera me han de comunicar el cambio,?
¿He de aceptarlo o puedo negarme?
No existe plazo determinado ni forma, aunque obviamente si no te lo ordenan por escrito siempre puedes hacerte el loco y no obedecer el cambio y si te despiden por eso demandas por despido improcedente y en el juicio simplemente niegas que se hubiera producido dicha orden de cambio.
Si te lo ordenan por escrito firmas poniendo "recibí y no conforme" y eso sólo si te dan a ti otra copia firmada por ellos. Si no, no firmas.
Una vez comunicado el cambio tienes el plazo de 20 días para tomar dos opciones:
1- Oponerte judicialmente al cambio si es hacia abajo, como seguramente que sea tu caso, porque además es un cambio a un grupo profesional distinto, lo cual tampoco está permitido.
2- Solicitar al juzgado un permiso para rescindir voluntariamente tu contrato por modificación sustancial de las condiciones del mismo. Si te lo autoriza, inmediatamente haces la rescisión comunicándoselo a la empresa y tendrán que pagarte la misma indemnización que si fuera despido improcedente y tendrás derecho a cobrar el paro.
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