URGENTE: cambio dcentro trabajo con reducc jornada

Desde hace 5 años, tengo reducción de jornada porque tengo dos niños pequeños. Cuando tuve el segundo me concedieron una excedencia de un año. Al irme a incorporar, me mandaron a otro centro de trabajo alegando que en el que yo estaba hasta la excedencia no había trabajo para todos los que allí estábamos... Ahora, me quieren volver a mandar a otro centro con la misma escusa, pero este centro al que me quieren mandar está mucho más alejado de mi domicilio y no me conviene también por la forma de llegar a él...
¿Me pueden obligar a ésto...? ¿Qué puedo exigir...? ¿Qué derechos tengo...?
Si me veo oblidada al traslado, ¿puedo exigir horario...?

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Desde el principio la verdadera intención es forzarte a que te marches de la empresa porque les estorba que no puedan despedirte por tu reducción de jornada. Estando en reducción o no, las normas para el traslado son las mismas, pero tú tienes la ventaja de que no pueden despedirte cuando tomes medidas:
Todos los traslados se deben hacer por escrito. Por tanto, si no quieres irte y no te lo hacen por escrito no hagas ni puto caso. Si te despiden basándose en esa supuesta desobediencia ganarás el juicio muy fácilmente simplemente negando que haya existido la orden de traslado y en tu caso más aún por estar en reducción, tendrán que readmitirte y pagarte los sueldos que hayas perdido.
Si te lo ordenan por escrito y es un traslado a otra empresa (aunque tenga el mismo nombre lo que cuenta es el CIF) tampoco tienes que obedecerlo y tampoco prosperaría un despido basándose en esa desobediencia.
Si es a la misma empresa, la orden de traslado te la tienen que dar con un mínimo de 30 días de antelación a la fecha del traslado. Si no es así, hasta que no pasen 30 días no tienes que irte y también ganarías el juicio en caso de despido disciplinario por desobedecer el traslado en una fecha con menos de 30 días de preaviso. Pero a los 30 días sí que tienes que irte, lo cual no impide que también tenga que cumplirse el requisito de que en la carta de traslado deben concretarse con todo detalle las causas del mismo. Y aunque las detalle, no vale cualquier causa ni mucho menos, sino sólo las que establece el Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia. Por ejemplo, no es causa válida de un traslado el que falte personal. Incluso tampoco es causa válida de un traslado el ahorrar costes para la empresa. Incluso puede no estar justificado aunque la empresa entera sea la que se traslade.
Si en la orden de traslado no se concreta la causa o bien no está claro, según lo explicado, que esta causa justifique un traslado, entonces inmediatamente (para eso tienes el preaviso de 30 días) puedes demandar en el juzgado de lo social para oponerte a ese traslado y en la demanda debes pedir que el juzgado suspenda temporalmente el traslado hasta que haya sentencia. Habrá un juicio en el que será la empresa quien tendrá que demostrar la existencia y validez de las causas del traslado que hayan puesto en la carta. Ya no valdrán otras causas. Si no pueden demostrarlo o si no pusieron causas, el juez anulará el traslado. Pero si la empresa ganara el juicio, aún te quedaría la posibilidad de rescindir voluntariamente tu contrato si el traslado te obligara a un cambio de residencia o te hiciera mucho más complicado o caro el transporte a la nueva sede o te dificultara mucho tu vida diaria. Cobrarías una indemnización de 20 días de salario bruto por año con pagas extras por año de servicio con un tope de 12 mensualidades brutas y aparte el finiquito y tendrías derecho a paro. También puedes rescindir el contrato directamente, sin necesidad de demandar previamente para oponerte al traslado. Esta demanda la puedes poner siempre de forma que no te cueste nada en abogados ganes o pierdas, como se explica en este artículo sobre escoger abogado para casos laborales. Si el traslado ha sido por "venganza" tienes el juicio prácticamente ganado, por ejemplo cuando te trasladan después de reducirte la jornada, después de demandar a la empresa por cualquier razón, después de una inspección de trabajo...
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estiamado joeaf2, muchas gracias por su rápida contestación, pero
¿Al tener la reducción, y ya que me quieren trasladar a otro centro de trabajo, puedo exigir horario de trabajo ...?
¿Si yo tuviera firmado un contrato con lugar en concreto de trabajo, me puedo negar al traslado...?
Muchas gracias.
Estando en reducción eres tú quien decide tu horario, siempre que esté dentro del horario a jornada completa que hacías antes, y puedes modificarlo cuantas veces quieras. Pero no te aconsejo que vayas por ahí sino por el camino de oponerte el traslado.
Que tengas el lugar de trabajo en el contrato no te vale de nada en especial. Para oponerte al traslado ya te he dicho cómo se hace y cuándo se puede hacer.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

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