Paga de beneficios

Empecé a trabajar en mi empresa a jornada completa el día 9 de mayo del 2009 hasta el 21 de agosto, ¿con una base de cotización de 795,45?. ¿El día 22 de agosto pasé a trabajar a media jornada con una base de cotización de 397,73? (A fecha de hoy sigo trabajando en la misma empresa). El paso de un contrato a otro se hizo por medio de una modificación, es decir, no se me hizo finiquito, si no que simplemente se pasó de jornada completa a media jornada.
Mis dudas son:
1- ¿Cuánto me corresponde cobrar de paga de beneficios? Las otras dos pagas sé calcularlas, pero ésta no sé cómo se hace.
Mi convenido dice lo siguiente al respecto: "El personal comprendido en el presente Convenio percibirá una gratificación extraordinaria en el mes de julio, otra en el mes de diciembre, y otra de beneficios que se hará efectiva entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a su devengo, consistente cada una de ellas en una mensualidad de Salario de Convenio incrementado, en su caso, con el importe de la Antigüedad.
El devengo de las gratificaciones extraordinarias se producirá semestralmente."
2- ¿Cuántos días de vacaciones me correspondían por los días trabajados en 2009?
3- En el caso de que no se me renueve el contrato al vencimiento del mismo (me finaliza el 15 de mayo de este año), ¿tendré derecho a paro habiendo cotizado la mayor parte del tiempo a media jornada? (Antes de entrar en esta empresa ya había agotado el paro que tenía acumulado anteriormente). De ser así, ¿Cuánto me correspondería?

1 respuesta

Respuesta
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Te voy a ser sincero lo mejor que puedes hacer es consultarlo con uno del sindicato que lleve tu convenio así no tendrás problemas o comisiones o ugt, ya veras como me lo agradeces son los que mejor te lo aclararan, yo te diría lo que pienso pero no estoy seguro no se tu convenio y son más cosas que hay que saber para aclararte esto UN SALUDO

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