Prestacon de desempleo durante un ERE

A principios de Enero del 2010 la empresa va a realizar un ERE temporal (6 meses). Hay un acuerdo por el cua, durante el ERE, percibiremos el 90% de nuestro salario: una parte será la prestación de desempleo y el resto por cuenta de la empresa. También durante el ERE la empresa seguirá contizando por nosotros.
En mi caso personal, tengo la opción de abrir una bolsa anterior del 2005 ( me quedan 20 meses) o abrir una nueva bolda fruto de los últimos años trabajados ( en este caso serían 18 meses pero con mayor cuantía). Según me dicenen todos sitios, si abro la bolsa antigua pierdo la nueva y viceversa. ¿Esto es así?
Muchas gracias de antemano

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Esto es tal y como te han comentado. Tal y como dice el art. 210.3 de la Ley General de la Seguridad Social:
Cuando el derecho a la prestación se extinga por realizar el titular un trabajo de duración igual o superior a doce meses, éste podrá optar, en el caso de que se le reconozca una nueva prestación, entre reabrir el derecho inicial por el período que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas. Cuando el trabajador opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron aquella prestación por la que no hubiera optado no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior, de nivel contributivo o asistencial.
Es decir dicho periodo no lo podrías utilizar en el futuro para una nueva prestación.
Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar más información sobre temas de interés en materia de derecho laboral:
Muchas gracias por tu respuesta. Viene a confirmar lo que ya me habían dicho. Sólo una reflexión: ¿Esto te parece justo?. Desde mi punto de vista no lo es ya que al hacerme elegir una opción me están obligando a renunciar a un derecho que he generado previamente.
De nuevo gracias y un saludo.

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