Despido por incapacidad sobrevenida

Hace tres años me operaron de la columna y por las secuelas me concedieron un 33% de minusvalía. Estuve 12 meses de IT pero no me propusieron para la I permanente ni la solicité. Tras el fin de la IT y dado que no puedo desempeñar mi trabajo habitual pedí excedencia por cuidado de menor de tres años a la espera de que mi empresa encontrara un puesto que encajara con mi situación, según me dijeron. Caso de no encontrarlo me comentaron la posibilidad de despedirme por causas objetivas. Hace unos días me ofrecieron mi puesto habitual, que sigo sin poder realizar, pero para el despido objetivo, que es la mejor opción que veo, parece que de echan atrás. Me han recomendado que coja la baja el día de la incorporación al trabajo para distanciar el fin de la excedencia con la fecha del despido y también me han dicho que no existe ningún documento que justifique el despido objetivo. ¿Qué documento es necesario? Tengo un informe de capacidades laborales de Servicios Sociales en el que figuran limitaciones no compatibles con mi trabajo. ¿Puedo solicitar a la Mutua una evaluación para justificar estas limitaciones? Lo que quiero es desvincularme de la empresa para buscar un empleo que pueda desempeñar dentro de mi profesión pero no mediante un despido voluntario. ¿Hay alguna forma?.

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La verdad es que lo mejor que puedes hacer es solicitar una baja nada más entrar a trabajar en la empresa; De esta forma, consigues seguir cotizando en la empresa (y cobrando), mientras encuentras algún trabajo adecuado para ti.
Y es lógico que la empresa se eche atrás en lo del despido objetivo, ya que tienen que indemnizarte con 20 días de sueldo por cada año trabajado, y en los tiempos que corren, nadie quiere gastar un euro de más...
El Despido objetivo, no es ningún documento que se acredite, sino que es un cese pactado por ambas partes o bien, un cese promovido por la empresa por cualquiera de las siguientes causas:
    - Ineptitud del trabajador
    - Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas de la empresa
    - Faltas de asistencia al trabajo, justificadas pero continuadas...
Por tanto, solo es un trámite burocrático a nivel interno para que tu puedas cobrar el paro, y ellos no tengan que indeminzarte con 40 días por año trabajado, como sería lo normal en caso de un Despido improcedente.
-Otra cosa que puedes hacer, es solicitar a la mutua la evaluación para justificar tus limitaciones, y en caso que sea superior al 66%, solicitar la jubilación por incapacidad.
En fin, espero haberte aclarado algunas dudas, aunque yo tampoco soy ningún experto en temas de mutuas...

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