El 22 de mayo del 2013 cumplo 61 años

Quiero hacerte un par de preguntas o tres, puedo negociar con mi empresa un despido con indemnización, cual seria la indemnización la de 20 días por año trabajado, llevo en la empresa 36 años y actualmente estamos con el tercer ERE.

Segunda pregunta, tengo una incapacidad desde hace cuatro años del 54% y del 4% de movilidad, que es mejor para mi económicamente, el despido con indemnización, y después los dos años de paro o solicitar la incapacidad, tengo 44 años cotizados a la seguridad social, de estos 44 son tres navegando.

Esperando su pronta respuesta se despide.

Atxute.

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Bueno vamos por partes, el despido lo hay de dos tipos; el despido de los considerados disciplinario (los que son por causas imputables al trabajador; faltas, robo, desobediencia, etc…) y despido de los considerados objetivos (los que son por causas no imputables al trabajador; económicos, organizativos, etc…), los primeros se saldan con 33 días por año trabajado y con un tope de 24 mensualidades, esto a partir del Febrero/2012, con una salvedad para los trabajadores con mucha antigüedad, aquellos que tengan contratos firmados antes de dicha fecha, se les sigue respetando la indemnización antigua 45 días por año y con tope en 42 mensualidades, con un doble computo, hasta febrero la antigua y desde la nueva, claro siempre que el despido sea improcedente, los segundos se saldan con 20 días por año y con un tope de 12 mensualidades. Bien, claro que puedes pactar un despido y te tendrán que dar la indemnización según el tipo pero tenéis que tener muy bien atado todo, ya que al ser una manera fácil para que las empresas “prejubilen” con cargo al estado (INEM), éste está muy sensible con el fin de que no se la cuelen, ya he tenido algunas inspecciones.
La incapacidad me imagino que es por unas minusvalías que nada tienen que ver con el trabajo y sólo tienes el certificado donde se refleja dichos porcentajes del servicio médico de tu comunidad, y que no son por haber pasado un proceso de IT., ¿Y luego los servicios de valoración de incapacidades te han concedido una Incapacidad Permanente con una pensión?
No te puedo ayudar en la elección, ya que tu caso es para echar muchos números, ten en cuenta que para saber lo que te corresponderá tanto de pensión de jubilación como por incapacidad, tenemos que tomar los 15 años anteriores y sumar Las bases mes a mes, actualizadas con el IPC, o sea que es un proceso largo.
Mi consejo es que solicites a la Tesorería General S.S. a través del tel. 901502050, una vida laboral y, también, una vida de bases de cotización de los últimos 15 años, con ellas te busques un experto y que haga números, ya que tenéis que tener en cuenta que la opción paro, con las reformas, ha bajado al 50% y que para conseguir una incapacidad debes pasar por la unidad de valoración y normalmente están concediendo, sólo, incapacidad en su grado de Total para la profesión habitual, que es un 75% de la base que te salga en el cálculo, a ti te interesa que te concedieran una incapacidad en su grado de Absoluta que es un 100% pero son muy difíciles de conseguir por muy mal que estés, siempre se tienen que pelear en los Juzgados.

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