Finiquito

Buenos días.
Mi empresa me va a presentar el finiquito por despido objetivo. Y me gustaría saber si es correcto el importe que me van a dar. Mis datos son los siguientes:
Salario base: ¿1568,60?
Salario bruto: 2.591.54
4 pagas extraordinarias: Marzo/Junio/Sptbre/Dcbre
Importe bruto 2.535,72 ? Liquido: 2.079,29 ?
la fecha de antiguedad 23/02/1993
fin contrato calculo que 31/10/2009
He disfrutado todas mis vacaciones.
Le rogaría me pudiera decir el importe que me corresponde, ya que no puedo fiarme de ellos, si necesita algún otro dato no dude en preguntar.
Agradeciendo de antemano su respuesta
Atentamente (xxxxxx)

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Respuesta
1
Por los datos que me facilitas te diré que la indemnización que te correspondería sería de unos 35365,88 euros. En cuanto a la liquidación de las cantidades pendientes dependería de como se devengen las pagas. En caso de que el devengo de las pagas sea anual de (marzo a marzo de junio a junio, etc.) la cantidad a pagar seria de 7537,62 euros. También deberías comprobar que procede el despido por causas objetivas pues si no existieran estaríamos ante un despido improcedente con una indemnización de 45 días por año o de 33 días por año en caso de contrato de fomento de la contratación indefinida y por tanto las indemnizaciones serían mayores.
Buenos días.
Muchísimas gracias. Tu respuesta me ha aclarado mi duda con respecto a la indemnización y liquidación.
Me gustaría consultarte una duda, o mejor dicho aclaración.
La empresa me ha propuesto cubrir una plaza que tienen en otra empresa del grupo, en principio, no querían indemnizarme ni nada, sino baja en una y alta en otra. (Claro está sin antigüedad y aprovecharían para bajarme el sueldo).
Le dije que no, que al menos me indemnizaran primero y luego me dieran de alta.
Mi pregunta es: cuando lleguemos a las negociaciones, si es que aceptan mi oferta, podría acogerme a los 33 días por considerarse "contrato de fomento de la contratación indefinida" o ya es cuestión del regateo y a ver quien se lleva el gato al agua.
Porque lo que tengo claro es que ellos van a ir a por los 20 días.
Nuevamente muchas gracias por tu ayuda. Recibe un cordial saludo.
Los 33 días no son solo por tratarse de un contrato de fomento de empleo sino también por que el despido es improcedente. Así pues ellos pueden darte sólo 20 días por año pero si no existen las causas que justifican un despido objetivo y que se contienen en el art. 52 del Estatuto de los Trabajadores, el despido sería improcedente, y por tanto, tendrían que darte 33 días por año trabajado.
Te envío la dirección de mi blog donde encontrarás información de interés sobre derecho laboral:

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