Antigüedad

Hola, mi duda es la siguiente. Firme un primer contrato de dos meses seguidamente firme otro contrato de cuatro meses al termino del cual me liquidaron, este último contrato finalizó un sábado, el lunes siguiente firmé el contrato que tengo actualmente de obra o servicio.
¿Cuál debe ser mi fecha de antigüedad en la empresa? Yo creo que debe de ser la del primer contrato que tuve pero la empresa dice que al haberme finiquitado la fecha de antigüedad es la del último contrato. ¿Es esto cierto o me están engañando?. Gracias.

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Vamos a ver (xxxxxx) si te refieres a la antigüedad que sirve como base para el cálculo para la indemnización por despido. Efectivamente tienes razón y dicha antigüedad se calcularía desde el primer contrato siempre que no haya habido solución de continuidad entre ambos contratos (no hubieran pasado más de 20 días hábiles según la jurisprudencia). Si te refieres al cobro del complemento de antigüedad habría que ver que si se reconoce el mismo y en que condiciones pero en el caso de que existiera este concepto y tuvieras derecho a él se computaría igualmente desde el primer contrato el tiempo de la antigüedad.

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