Psicoterapeuta autónomo

Hace poco tiempo que estoy en paro y he decidido montarme un despacho en mi casa para atender a clientes, me estoy informando de las diferentes opciones que tengo para hacerlo legalmente.
Al principio hasta que se promocione mi negocio tendré poco volumen de trabajo estoy buscando alguna alternativa a tener que hacerme autónomo al principio y pagar 250 euros al mes(no me compensa)
he leido una respuesta que le diste a un psicologo hace un par de meses respecto a un tema similar;
No estar dado de alta, como les pasa a muchos colegiados, incluidos abogados, y emitir facturas con su NIF.
3) En el segundo caso, deben efectuar los IVA trimestales, pero en ningún caso, y si no llegan a un volumen de baremos establecido por Hacienda, tienen que hacer declaración
me gustaría que me explicarás esta opción más detalladamente, especialmente para la declaración de la renta, emitir facturas..., ¿cómo se emiten los IVA trimestrales? Y cuales son los baremos que marca Hacienda, ¿se te ocurre otra mejor solución a mi situación?

1 respuesta

Respuesta
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Puedes darte de alta y de baja continuamente, según el volumen de tu actividad.
Por otra parte, puedes emitir recibos en lugar de facturas a tus clientes.
En caso de emitir facturas, tienes el riesgo siempre de que tu iva repercutido al cliente, lo declare como soportado, y hacienda te reclame.
Por ello, metete enla página www.hacienda.es y ahí te dan los pasos a seguir para hacer los IVAS trimestrales, y los baremos.
Pero de todas formas, creo que en estos momentos tienes obligación de darte de alta como actividad ante Hacienda. Miralo también.
Si no tienes más preguntas finaliza y puntúa.
Ok, gracias por responder tan rapido.
Una matización, debido a mi poco volumen de trabajo, ¿puedo hacer simplemente recibos?, ¿A qué me compromete con Hacienda y con la Seguridad Social?, ¿Es ilegal?
He intentado infórmame a través de Hacienda.es pero no me aclaro
muchas gracias de antemano por tu tiempo y tu conocimiento
Con recibos inferiores a 300 euros, no tienes obligación de declarar. Y mientras no tengas personal a tu cargo, el único que se perjudica, entre comillas, eres tu, por no estar de alta. Esto tampoco es ilegal.
Pero si te recuerdo que te tienes que dar de alta en Actividades. Vete a Hacienda, y simplemente diles que quieres abrir un negocio, y que necesitas saber que tienes que hacer, y a partir de ahí, pregunta lo que creas conveniente. El resto, ya lo sabes, quien hace la ley hace la trampa.
Finaliza y puntúa

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