Indemnización

Buenas tardes, tengo un problema, actualmente trabajo en una tienda de telefonía móvil como dependienta y tengo un contrato fijo de 40 horas, pero debido a la situación en la que nos encontramos en estos momentos tengo la sensación que van a despedir a algunos compañeros y uno de ellos soy yo.
La cuestión es la siguiente, yo comencé en esta empresa el día 14/08/06 y en jornada laboral entre 20 horas y 30 horas hasta el 28/03/08 que pedí una excedencia voluntaria, estuve durante 9 meses fuera de la empresa hasta que me incorporé el 09/02/09 en jornada de 40 horas, durante el periodo que estuve fuera estuve trabajando en jornada de 40 horas para otra empresa de telefonía.
¿Mí duda es como puedo más o menos calcular el pago de la indemnización? Y si el tiempo que estuve fuera esos 9 mese me lo cuentan como antigüedad para el cálculo del finiquito y se fuera así en que tipo de jornada.
¿Actualmente gano unos 850 ó 1000? Dependiendo de las comisiones, y mi contrato es indefinido sin subvención.
¿Cuándo estuve en 20 ó 30 horas ganaba unos 500 ó 650?.
Gracias y saludos

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Si bien el tiempo en situación de excedencia voluntaria se computa a efectos de antigüedad en la empresa tal y como dice el art. 46 del Estatuto de los Trabajadores no se computa a los efectos de la indemnización por despido improcedentes por lo que lo que tendrás que hacer es calcular el números de años y meses trabajados en la empresa y seguidamente calcular los años por 45 días y los meses por 3.75 si existiese algún mes incompleto también se incluiría como si se hubiese trabajado entero.
Una vez que tengas los días de indemnización que te corresponden hay que calcular la indemnización diaria que te corresponde. Para ello los expertos suelen sumar las bases de A.T. y E.P. de los últimos 6 meses trabajados y las dividen entre entre los días a que correspondan y posteriormente lo multiplican por el número de días que han resultado del párrafo anterior. Si bien normalmente la indemnización se calcula así, lo que dice la ley y la jurisprudencia es que se tomen los salarios percibidos en el momento del cese tomándose en cuenta si hay retribuciones variables la media anual de las mismas. De cualquier forma este método es más engorroso y el anterior da normalmente una aproximación bastante buena.
Por los datos que das tu indemnización sería aproximadamente de unos 3100 euros para un cálculo más exacto tendrías que hacerlo como te he dicho.
Espero que todo lo anterior te haya servido de orientación.

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