Traslados

Hola
Ante todo agradecerte tu atención.
Mi caso es el siguiente. Trabajo en una cadena de supermercados.en el contrato tenemos una clausula de movilidad por todo el territorio nacional. Eso les va muy bien a los jefes cuando quieren presionar o despedir a alguien, pues te mandan a una tienda que esta a cierta distancia de tu casa, con lo cual dado que cobramos poco no nos sale rentable y si no tienes vehículo, como es mi caso ya ni te cuento.
Quería saber como funciona esto de los traslados, cuales son mis obligaciones y mis derechos.
Muchas gracias

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(xxxxxx) los derechos de los trabajadores en caso de movilidad geográfica vienen regulados en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores el problema en tu caso es que al existir clausula de movilidad no te es de aplicación puesto que ya el art. 40.1 deja fuera de dicha regulación los trabajadores que hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia. En estos casos tendrán que estar a lo que establezca tu clausula de movilidad. En caso de que se produzca un traslado en las condiciones que me comentas en tu escrito un abogado tendría que determinar la posibilidad de demandar a la empresa por abuso del propio derecho pero dicha vía es larga y mientras que judicialmente se solventa si existe el citado abuso tendriaís que seguir trabajando en el centro al que os enviarán.
La verdad es que las empresas se las saben todas ¿no? Hecha la ley hecha la trampa. Je je y los pobres curritos a tragar con lo que nos echen. En fin que le vamos a hacer.
Muchas gracias por todo. Un saludo y un beso. Gracias por tu atención y prestarme un poquito de tu tiempo

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