Salarios de tramitación

Hola, buenos días. Me gustaría saber en el caso de un despido objetivo en el que se amortiza un puesto de personal laboral por causas organizativas si; ¿Habría derecho a salarios de tramitación o solo si se trata de despido improcedente?,¿En caso de haber lugar a los salarios de tramitación quien debería abonarlos teniendo en cuenta que el trabajador desempeña sus funciones en una entidad local, y cual seria el periodo que se computaría para su pago?
Muchas gracias por adelantado.

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Si el trabajador demanda por despido y la sentencia dice que es improcedente corresponderán los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta el día de la sentencia.
El que se ha de hacer cargo de su abono sera la entidad que diga la sentencia.

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