Abandono de trabajo

Hola yo había consultado como era lo de abandono de trabajo y ustedes me dijeron que tenia que haber notificaciones previas antes de considerarlo abandono de trabajo, cuestión que fuimos a un abogado por que este señor le dio de baja por abandono de trabajo y nos dijeron que si en e termino de 24 horas no presentaba un certificado que justificara su ausencia esta bien que lo hayan despedido, y con respecto al contrato que firmo de media jornada aunque estuviera trabajando tiempo completo que no se puede hacer nada por que ya estaba firmado, me gustaría saber si esto es así y no se puede hacer nada
muchaS GRACIAS

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Lo importante no son los hechos, sino lo que se puede demotrar en el juzgado.
Respecto a la baja en la SS, la empresa no puede demostrar que haya habido abandono si el empleado lo niega. Por tanto se trata de un despido nulo por ser sin comunicar la causa por escrito, ya que el empleado puede afirmar que no le dijeron causa ni siquiera verbalmente. Por tanto cabe demanda por despido nulo en un plazo de 20 días desde la baja en la SS, que es en la que el empleado puede demostrar que hubo despido. Con esa demanda se conseguirá el pago de los salarios dejados de cobrar hasta la fecha de la sentencia y la readmisión en la empresa.
En cuanto al contrato, lo mismo, si en el juzgado puede demostrar que trabajaba a jornada completa (con testtigos o documentos) lo puede demandar.

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