Acto de conciliación

El pasado 29 de julio fui despedido por expediente administrativo de la entidad financiera (Una caja de Ahorros).- Los hechos imputados en el pliego de cargos correspondían a operaciones realizadas en los años 2.006, 2007 y 2.008. Entre esos años se sucedieron dos auditorias en la Oficina y es ahora cuando nos (somos dos empleados) imputan los hechos. El próximo día 13 por mi parte presentaré el correspondiente documento para el acto de conciliación. Mi pregunta es: ¿Dado el tiempo transcurrido los hechos imputados han prescrito ya -más de seis meses- Cual será el resultado? ¿Si no hay conciliación, el despido podrá declararse improcedente? ¿Y qué tiempo puede transcurrir entre el acto de conciliación y el juicio?.
Gracias de antemano. Un saludo.
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Ojo las faltas prescirben si, pero puede ser que sea a prtir de que la empresa tenga conocimiento de ello (el caso más ejemplificador es precisamente el de auditoria) por tanto pueden no haber prescrito.
El despido puede ser improcedente si la carga de la prueba de la empresa no existe o no es suficiente como para ser considerado disciplinario u objetivo.
Unos 3-4 meses
Gracias por tu repuesta. El abogado laboralista que lleva este asunto nos afirma que los hechos han prescrito, según el art. 60 del est. de los trabajadores, po lo que, en caso de no haber acuerdo e ir a juicio, este nos sería favorable. El problema está en el tiempo que tardará este en realizarse, y el tiempo que tardará en comunicar la resolución del mismo.
Con lo que has comentado hasta ahora seguramente si, pero no estoy de acuerdo al 100% de su prescrpcion por lo que te he mencionado.
Rescpeto al tiempo que transcurra hasta que no haya sentencia o pacto corren los salarios de tramitación

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