Incapacidad Temporal

Perteneciendo al convenio de farmacia: ¿Es normal que estando de baja por incapacidad desde marzo de 2008 la paga extra de diciembre (2008) sea inferior a la de junio del año posterior (2009)?
Gracias y un saludo

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1
Podría ser correcto, todo dependerá del devengo de la paga extra (anual o semestral) y de si los días en IT generan paga extraordinaria (solo sería así si lo indicara el convenio colectivo), ten en cuenta que durante la IT se cobra prestación sobre una base reguladora en la que se tienen en cuenta las pagas extraordinarias.
Si me copias los artículos del convenio podré darte una respuesta más ajustada o al menos indícame el código del convenio al que perteneces para poder localizarlo.
Gracias anticipadas y te mando el código del convenio que es 9903895
Un saludo
El art. 50 establece que tienes derecho a 3 pagas extraordinarias al año. No indica si el devengo es anual o semestral.
Y el art. 60 establece, que en caso de enfermedad se tendrá derecho al 100% del salario en los casos indicados en dicho artículo, si fuera tu caso al tener derecho al 100% del salario también generarías el derecho a la paga extraordinaria.
Por último, respondiendo a tu pregunta, de ninguna manera es normal, si llevas de forma ininterrumpida de baja médica desde marzo de 2008, que la paga extraordinaria de diciembre sea inferior a la de junio de este año (al menos en función de lo indicado en el convenio colectivo). Puede tratarse por dos motivos, o por una mejora que de forma voluntaria te hace la empresa o por error, en función de esto deberás plantearte el preguntar a la empresa.

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