Excedencia y reincorporación

Llevaba trabajando en una empresa durante 1 año y medio y me pedí una excedencia voluntaria, la cual me fue concedida. En la liquidación que firmé ponía que era la liquidación-finiquito por excedencia voluntaria, donde se me pagaron pagas extras y demás. A parte, me dijeron que perdía la antigüedad. El 1 de abril me he reincorporado, aun no he firmado ningún contrato, en todo momento, en las notificaciones que me dan utilizan la palabra reincorporación, pero no lo puedo verificar porque aun tengo el contrato.
¿Se puede perder la antigüedad por una excedencia?
¿Si me dicen reincorporación, este nuevo contrato debería tener como una continuidad con el anterior?
¿La carta que firmé puede ser que fuera un finiquito por baja voluntaria, aun poniendo que era por excedencia voluntaria?

1 Respuesta

Respuesta
1
No tienes que firmar ningún nuevo contrato ya que el tuyo sigue vigente.
La antigüedad no la pierdes. Lo único que el tiempo que has estado de excedencia no has
sumado antigüedad.
Sin ver la carta no sabría decirte lo que firmaste. De todas formas, ¿No te dieron un copia de
la misma?
Muchas gracias por tu pronta respuesta. Yo pedí por escrito la excedencia pero nunca me entregaron un papel conforme me la concedían, solo fue de palabra.
Me entregaron la carta donde ponía que : "... en concepto de Liquidación-Finiquito, al causar baja en la empresa, por excedencia voluntaria, a partir del 30/11/08".
Me tenía que reincorporar el día 01 de abril, lo pedí por escrito y me mandaron una carta a día 23/03/09 con el texto siguiente: "acusamos recibo de su atenta carta, en la que nos solicita su reincorporación en la empresa a partir del próximo 01 de abril de 2009, dando por finalizada de esta forma la excedencia voluntaria que disfruta en este momento. Le comunicamos que dicha reincorporación le ha sido concedida a partir de la fecha arriba indicada".
Así pues, ¿mantengo la antigüedad o me han hecho una mala jugada y tengo nuevo contrato?
Saludos y gracias de nuevo.
No tienes nada que temer ya que ellos mismos reconocen en sus propios escritos que estabas en excedencia y listo.
Por lo tanto no pierdes la antigüedad.
Y tampoco tienes que firmar ningún contrato nuevo ya que el tuyo sigue vigente aunque
hallas estado en excedencia. Lo único que ocurre es que el tiempo que hayas estado de
excedencia(fuera de la empresa) no se ha de sumar a la antigüedad.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas