Contratos de interinidad

Hola, tengo una compañera que con un contrato de interinidad a tiempo parcial que sustituye a una trabajadora que tiene un contrato a tiempo completo.
Mi pregunta es si se puede hacer un contrato a tiempo parcial cuando la trabajadora a la que sustituye lo tiene a tiempo completo y si tiene derecho a indemnización.
Gracias por anticipado por contestar a la pregunta

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El contrato de interinidad obliga a que el sustituto tenga el mismo número de horas que el trabajador sustituido, salvo excepciones, como que el titular hiciera un tipo de trabajo que fuera muy difícil de suplir por una persona y se necesitaran varias, ejemplo: un profesor que da matemáticas y ruso, quizás puedas encontrar a un matemático para sustituir las horas de matemáticas y a alguien que hable ruso para el resto pero no con las dos circunstancias. Pero esto es una excepción.
En el caso que me planteas el contrato no es correcto, estaría en fraude de ley y salvo que la empresa pudiera demostrar la temporalidad de la relación laboral tu amiga tendría derecho a reclamar el contrato indefinido.
El contrato de interinidad no da derecho a indemnización, si es correcto claro, pero si reclama el contrato indefinido la finalización de este implicaría despido y daría derecho a una indemnización de 45 días por año trabajado.

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