Retribución del plus de nocturnidad

Trabajo por turnos y hago 15 días de noche y otros 15 de día. Me pagan el plus de nocturnidad, pero solo la mitad, es decir, el 12.5% del salario base.
¿Es correcto o deberían pagarme el 25%?

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Por ley (Estatuto de los Trabajadores) no hay fijado ningún porcentaje de incremento en la nocturnidad. Se fija en los convenios. Por tanto, tienes que mirar el convenio aplicable a tu empresa, según la actividad a la que se dedique.
En el convenio pone que el plus de nocturnidad se incrementa el salario en un 25%, pero no aclara si es por todo el mes ya que no se puede trabajar más de 15 días al mes en el turno de noche
Entonces es el 25%. Eso va a misa. El límite lo que se supone es que impide que trabajes más de 15 días en horario nocturno, pero si los trabajas los cobras al 25%. Ten en cuenta que ese 25% sólo se aplica sobre las horas nocturnas, que puede que no sean el turno completo de noche. Las horas nocturnas son, según Estatuto, de 22:00 a 6:00, aunque puede que en tu convenio las hayan ampliado.

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