Pluses de Nocturnidad y Festivo mal calculados

Trabajo en turno de noche de 23h a 7h y de domingo a jueves noche en una empresa sujeta al convenio del transporte. Por dicho turno cobro un plus de Noturnidad. Si el convenio mercancía Barcelona pone:

Artículo 22. Plus de nocturnidad.
Los trabajadores, independientemente de la forma en que fueren contratados, cuando presten sus servicios entre las 22 y las 6 horas, percibirán un plus consistente en el 25% del salario base que se devengará proporcionalmente al tiempo trabajado comprendido en el referido horario.

Y mi salario base es de 1.149,64 mensual, cuanto me correspondería.

Gracias de antemano por que la empresa no se enteran los delegados sindicales.

1 Respuesta

Respuesta
1
Si tu salario base es de 1149,64 euros mensuales y solo trabajas en jornada nocturna, por lo tanto todo tu salario base genera plus de nocturnidad, te correspondería un 25% sobre este salario base en concepto de plus de nocturnidad en función de los establecido en convenio.
Plus de nocturnidad: 287,41 euros/mes.
Gracias por responder tan rapido, pero la empresa en cuestión me dice que el salario se paga por 30 días y solo trabajo 22 de noche entre las 23 y 7 horas por que el resto son descanso semanal y con su calculo me dice que conrare 198 euros en concepto de nocturnidad yo creía más en tu calculo que en el suyo. Te repito gracias.
Saludos
El convenio colectivo dice literalmente (según lo has copiado): ... en el 25% del salario base que se devengará proporcionalmente al tiempo trabajado comprendido en el referido horario"
Como trabajas el 100% del tiempo en horario nocturno el 100% del salario base corresponde al horario nocturno, y este horario nocturno estará incrementado en el 25%en concepto del plus de nocturnidad.
La jornada semanal comprende un número de horas, las establecidas en el convenio que no deben superar las 40 horas semanales de media en cómputo anual, y a esta jornada semanal le corresponde un descanso semanal. La empresa no puede pretender no pagar plus de nocturnidad en el tiempo que te corresponde de descanso, como en el tiempo trabajado generas plus de nocturnidad este repercutirá en el tiempo de descanso al que tienes derecho semanalmente.
En función de lo que me has indicado te corresponde cobrar lo que anteriormente te comenté, tienes derecho a reclamarlo judicialmente y a reclamar la diferencia salarial de los últimos 12 meses. Lo anterior ha prescrito.
Muchas gracias experto, no cabe duda lo lo voy a reclamar y si es preciso lo denunciare, respecto al tiempo, tengo margen porque solo llevo 5 meses, saludos y gracias.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas