Despido por final de servicio

Hola soy operador de grúa torre y la empresa en la que estoy
trabajando, con un contrato 401, me ha comunicado, por escrito, "que el
día 7 de abril concluyen las labores propias de su especialidad
profesional en la obra objeto del contrato".
Resulta que el mismo día que han quitado la grúa me han dado el comunicado de los quince días, mis preguntas son:
1- ¿Tenían qué haberme dado el preaviso quince días antes de quitar la grúa y no el mismo día?
2- Como ya no hay grúa y por lo tanto no puedo desarrollar el
trabajo para el que fui contratado, ¿estoy obligado a desarrollar otros
trabajos durante esos quince días?
3- ¿Me puede obligar a coger las vacaciones que me corresponden en esos quince días de preaviso?
      Muchas gracias y espero su respuesta lo más pronto posible.
                                    jotaeme.

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El preaviso se hace sobre lo que ponga tu contrato de obra, por lo cual si en ese contrato no se habla para nada de grúa, pueden hacerlo. Debes trabajar los 15 que te restan, o sino, y eso sera lo más probable, te pueden obligar a que cojas las vacaciones.

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