Tiempo libre para desayunar

Soy fija discontinua en una empresa.
Antes nos daban 20 min. Para salir a desayunar, ahora lo han cambiado por tardes o días libres. El problema es que este tiempo libre lo dan en invierno cuando yo estoy en el paro. Y ahora me dicen que solo es para la gente que está fija. Me parece injusto. Nos regimos por el convenio de OFICINAS Y DESPACHOS el convenio dice que son 1780 horas anuales, yo hago 1480 en jornadas de ocho de la mañana a cuatro y media de la tarde con media hora para comer incluida.
Yo creo que en las horas que yo hago también genero tiempo libre para el desayuno. ¿Podría indicarme si tengo derecho a ello? Sí es así ¿Cómo puedo calcular lo que me toca?

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El Estauto de los trabajadores exige un descanso mínimo de 15 minutos cuando la jornada es mayor de 6 horas, luego en tu caso te correspondería ese descanso ya que la media hora para comer no se computa
Y dado que estos 15 minutos nos los dan en forma de días libres ¿cómo calculo las tardes que me tocan?
Si trabajo 185 días al año ¿Me corresponden 15 minutos por día?
Disculpa mi torpeza y muchas gracias
LO CALCULAS como una regla de tres; si para 1780 horas dan 8 tardes libres (pr ejemplo) para 1480 horas dan x. X seria = (8 x 1480)/1780
Los 15 minutos son por jornada de trabajo aunque hagas menos horas al año. Es lo establecido para jornadas diarias que superan las 6 horas. Por ejemplo si solo trabajaras un día a la semana te seguirían correspondiendo esos 15 minutos de descanso

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