Contrato 401

YA TE HICE UNA PREGUNTA PERO AHORA DESEARÍA HACERTE LA SIGUIENTE, llevo un año con un 401 y se acaba el día 28 de febrero, y ya les he dicho que no quiero renovar, ¿tengo derecho a los 8 días por año trabajado y a la parte proporcional de la extra o no?
Muchas gracias.

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Si tienes un contrato de obra o servicio que s/g indicas, el objeto del contrato finaliza el 28 de febrero, esté no tiene que ser renovado, salvo que el objeto del contrato (la obra o servicio por la que has sido contratado no haya llegado a su termino) en tal caso, y si esto es así, y no quieres continuar, esta solicitando una baja voluntaria, y ante una baja voluntaria no tienes dº a la indemnización de 8 días de salario por año trabajado, si en cambio te deben de pagar la parte proporcional de tus pagas extras y las vacaciones que hayas devengado durante el 2009. Ojo porque no vas a tener dº a desempleo.
Te aconsejo que trates de llegar a un acuerdo con la empresa para que no te tramiten una baja voluntaria. Y así poder cobrar el paro.

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