Quisiera saber si es legal que un trabajador este solo en un almacén, más que nada es porque si le ocurre algo, no se entera nadie.
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Respuesta de soslaboral
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soslaboral, Atiendo todo tipo de consultas acerca de contratos, convenios,...
La legislación laboral no indica si el desempeño de una actividad en concreto debe estar desarrollada por un número tal de trabajadores. Debe existir en tu empresa una política de PRL (Prevención de Riesgos Laborales) en la que pueda disponerse que en determinadas actividades de la empresa deben ser realizadas por uno o más operarios. También debe existir la correspondiente evaluación del puesto de trabajo realizada por el Técnico de la mutua a la que estéis inscritos, donde quizá se evalúe la necesidad de desarrollar tal tarea o función con un número determinado de trabajadores para reducir el riesgo de accidente. Te recomiendo que consultes ambas cosas para poder salir de tu duda. Aunque a priori, te diría que el simple hecho de que un trabajador se encuentre en un almacen no es un exponente de riesgo, el riesgo de accidente es la tarea que realice.