Reducción de jornada
Hola experto, leyendo su web me queda bastante claro el tema de la reducción de jornada. En ella usted comenta que el horario lo fija el trabajador y que la empresa no puede negarse diciendo que sólo pueden haber por personas con reducción, o que es por orden de antigüedad... Pero leyendo el último párrafo del art. 37.5 del estatuto de los trabajadores,... Ya no lo tengo tan claro si la empresa puede alegar que sólo pueden haber por personas en reducción... Por razones justificas de funcionamiento de la empresa.
Muchas gracias
Muchas gracias
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Respuesta de joseaf2
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