Prestación voluntaria

Buenos días.
En mi actual empresa, percibo un COMPLEMENTO SALARIAL bajo el nombre de PRESTACIÓN VOLUNTARIA. Llevo ocho años en la misma y el complemento ha ido subiendo paulatinamente, representando en la actualidad el 30 % de mi salario bruto. Naturalmente, no hay ningún documento escrito por parte de la empresa donde se obligue al pago del mismo.
Dada la actual situación de crisis económica, me preocupan dos cuestiones:
1) La empresa ¿podría unilateralmente en cualquier momento eliminar este complemento? ¿Qué sería necesario para que no lo pudiera hacer?
2) En el caso de un hipotético despido, ¿dicho complemento se tiene o no en cuenta a la hora de calcular la base de la indemnización?
Le agradezco por anticipado su respuesta y su tiempo. Saludos.

1 Respuesta

Respuesta
1
1- Lo tienes en nómina desde hace años. Por tanto forma parte de tu salario. El convenio obliga a un mínimo, pero no permite reducir hasta ese mínimo si se cobra por encima. Otra cosa es que sí que pueden absorberte las subidas de los conceptos obligatorios de convenio rebajándote ese plus en la misma cantidad.
2- Claro que sí. Todo lo que sea salarial.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas