Derechos sobre la reducción de jornada

Después de dar un paseo por tu web tengo bastante claro el tema de la reducción de jonada, solamente me queda una duda ya que mi empresa esta abierta de lunes a domingo de 16:00 a 3:00 a turnos y FIESTAS rotativas,,,¿puedo elegir horario fijo y FIESTAS fijas (domingo y lunes)? Es que en mi sector ( sala bingo )son 2 días de fiesta a la semana, pero sobre todo en convenio pone rotativos y es lo que no tengo muy claro y por supuesto antes de ir a pedir algo hay que llevar la ley en la mano...

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Tú te puedes especificar el horario de forma general o de forma particular. Es decir que en tu comunicación puedes poner perfectamente que trabajarás, por ejemplo, de 9 a 14 de lunes a viernes que no sean festivos. Pero eso aumenta las posibilidades de que si llegas a juicio lo pierdas.
Los festivos que se trabajan hay que recuperarlos con otro día libre aparte de los dos días libres semanales que tenéis por convenio. Por supuesto cobrando lo mismo. Según el Estatuto, todos los trabajadores (incluidas los camareros, bingueros, hoteleros y proxenetas) tienen derecho a 14 festivos anuales. Por tanto, si tu horario es fijo y trabajas un festivo, a la semana siguiente o cuando se pacte tendrás 3 días libres.

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