Despido después de baja por maternidad

Soy ingeniero técnico y trabajo en una importante empresa de construcción en el tema de repasos de viviendas por nuestra parte tras la entrega de éstas por las promotoras. El caso, es que me tengo que incorporar el próximo jueves 18 de Diciembre tras finalizar mi baja por maternidad, pero el pasado jueves al ir a entregar el "alta" mi jefe de grupo me dice que debido a la crisis en la que nos encontramos y de que han puesto a otra persona haciendo mi trabajo no sabe que va a pasar conmigo y que el día 17, o sea un día antes de mi incorporación tengo que ir a hablar con el delegado. A mí esto me suena muy mal puesto que se están parando obras y no hay obras nuevas pero mi trabajo se centra en obras acabadas por lo que en principio no me afecta tanto como a otros de mis compañeros. Además mi puesto está siendo ocupado por otra persona por lo que sí hay trabajo para mí pero claro al ser yo indefinida y llevar 5 años en la empresa mi coste es mucho más alto que el de mi sustituto un jefe de producción que lleva poco tiempo y con contrato por obras. Le agradecería enormemente me asesorara de mis derechos para ir a la reunión del día 17 preparada ya que si me ponen a disposición me pueden reclamar de cualquier punto de España y si me niego entonces no tendría derecho a nada.

5 respuestas

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Como estas terminando el descanso de maternidad tu hijo aun no tiene 9 meses, hasta este periodo si te despidieran el despido no podría ser declarado improcedente, esto implica que la empresa tendrá muy difícil el despedirte salvo que cometieras una falta grave.
Debes tener claro que si te despiden deben hacerlo por escrito, si no lo hacen así debes seguir trabajando o llevar testigos para comprobar que no te dejan trabajar, a partir de aquí deberías reclamar judicialmente la readmisión.
Si una vez incorporada solicitas reducción de jornada, puedes hacerlo hasta que tu hijo tenga 8 años, la empresa tampoco podría despedirte.
Si la empresa decidirá trasladarte de localidad, en caso de movilidad geográfica, tendrías derecho a extinguir la relación laboral con una indemnización de 20 días por año y desempleo.
Quizás te he dado muchos datos, si quieres que te amplíe algo en concreto me lo comentas, es muy importante que si no tienes claro lo que te dicen te asesores antes de tomar una decisión, la empresa siempre está asesorada y juega con el desconocimiento para ahorrarse dinero.
Muchísimas gracias, 1º tendré que esperar a ver que ocurre el día 17 y a partir de ahí actuar en consecuencia. En mi empresa no se despide, se pone a disposición para que te reclamen de cualquier punto de España y si no te reclaman entonces vas a la calle. ¿Me pueden trasladar de localidad con un bebé de 4 meses con lo que eso supone?
Un saludo y gracias de nuevo
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En tu caso tienes una protección otorgada por la ley de igualdad por la cual la persona que ha disfrutado del permiso de maternidad/paternidad tiene una protección especial durante los 9 meses siguientes al nacimiento del bebé similar a la que se tiene durante el tiempo del embarazo. Esta medida intenta proteger las represalias que puedan tomar los empresarios contra sus empleados por el hecho de disfrutar del permiso.
Por lo tanto hasta que tu hijo no cumpla los 9 meses tendrías esa protección "extra" de tu puesto de trabajo. Tienes mucho a tu favor por esta circunstancia y muchas posibilidades de pactar con tu empresa a tu beneficio, ya que en su situación cualquiera de las posibilidades que planteas (cambio de puesto por haber cubierto el tuyo durante tu ausencia, etc) se puede basar en una discriminación por la razón de haber estado embarazada, por lo que te animo a que intentes mantener tu puesto en las mismas condiciones y si no llegar a un buen acuerdo para salir de la empresa, pero creo que eses debería ser el ultimo recurso puesto que creo que tienes todas las de ganar en este caso.
No olvides valorar mi respuesta. Un saludo. SOSlaboral.
Muchísimas gracias por la información, me quedo un poco más tranquila hoy tengo la reunión con mi delegado y a ver lo que me dice. Si es negativo le volveré a consultar.
Saludos y gracias de nuevo
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Ante la gravedad de lo que me comentas, te sugiero te pongas lo más rápidamente posible, en manos de un Sindicato, C.C.O.O. o UGT, al que perteneazca la rama de tu empresa. Te puede resultar más económico y eficaz que un abogado privado.
Los tiros pueden ir, por haber cometido el "pecado" de haberte realizado como mujer siendo madre, y claro eso es algo imperdonable, para estos cab...
Con respecto a la movilidad geográfica, habría que ver qué es lo que dice tu convenio. Pues si está reglamentada la movilidad geográfica sin limitación de kms. Y tú te niegas, efectivamente no tendrías derecho a nada. Ahora bien, si existe una limitación de Kms., no te podrían mandar más allá de estos kms., y también si te niegas, estaría en la misma situación anterior, ningún derecho.
Desgraciadamente, hoy, y justificándose con la "CRISIS", son muchos los patronos (por no decir otro adjetivo) que están cambiando puestos de trabajo fijos (para ellos caros)por contratos basura, (para ellos baratos).
Repito, actúa como te he indicado arriba, sin perder ni un minuto, y si quieres me comentas lo que te hayan dicho.
Muchas gracias por la rapidez de su respuesta pero me temo lo peor, me dirán que no hay trabajo y que me ponen a disposición que es lo que se suele hacer ya que en mi empresa no se despide, se pone a disposición. Lo que ocurre es que hoy no hay obras en ningún lugar de España. Espero equivocarme y que la reunión del día 17 sea para otra cosa aunque lo dudo.
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Parece que te están preparando algo desagradable, por lo que mi consejo es que te "blindes" Pide una reducción de jornada, aunque sea la mínima (1/8 de la jornada) y de ese modo, no podrán putearte, noi mucho menos despedirte. Si te quieren mandar a otra parte denuncias que es por la reducción de jornada y el juez fallará en tu lado.
Primero que quede constancia de la petición, bien con un recibí de la empresa o envía un burofax con acuse de recibo.
Hola y muchas gracias por la rapidez, creo que 1º tendría que esperar a ver lo que me dicen el día 17 y a partir de ahí actuar en consecuencia porque si fuese así ¿podría pedir esta reducción de 1/8 el mismo día de mi incorporación, o sea el día 18?
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Acabo de ver la pregunta hoy día 16. Si sigues interesada en recibir una respuesta, házmelo saber.

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