Contrato para obra o servicio determinado

Buenas noches:
Mi pregunta es la siguiente:
Tengo una pequeña empresa de construcción y resulta que por atrasos de licencia para andamios..., mis empleados van a estar sin trabajar más o menos 15 días. Mi asesor me comenta suspender contratos a través de un ERE, pero digo yo, si les doy de baja por finalización de obra( realmente la obra no esta terminada) y cuando puedan trabajar les doy de alta otra vez, ¿con la misma obra? ¿Los trabajadores pueden reclamar? Yo lo digo porque el ERE es un tramite costoso y mientras lo preparamos, presentamos y resuelven.., pasan estos días. Gracias
el tema es que empezamos a trabajar en una parte del solar, como se debía mantener la fachada, mientras se pidieron los permisos pertinente, pero ahora han llegado tarde y primero debe venir la empresa excavadora..., es este mi problema un retraso en contra de mi voluntad.
En espera de sus noticias, reciban un cordial saludo

1 Respuesta

Respuesta
1
Tienes razón, y en este caso yo haría oídos sordos a tu asesor, creo que va de listillo, y te puede perjudicar.
Los trabajadores claro que pueden reclamar, pero si llegas a un acuerdo con ellos, finalizas el contrato, pasan al paro, y posterior les vuelves a contratar, aunque sea con la misma obra. Es decir, realmente si la obra esta parada, la puedes dar por finalizada, porque no tiene razón de ser el mantener trabajadores para la misma, si no hay trabajo.
Los contratos de obra y servicio son para cosas puntuales. En caso de no tener trabajo en por días, pueden rescindir el mismo, pero acuérdate de que debes finiquitar y pagar 8 días por año trabajado en concepto de rescisión de este contrato. TE va a resultar más efectivo que un ERE.
Ademas si pasados 15 días, los vuelves a coger del paro, podrás tener bonificaciones.
MIralo bien a través del INEM.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas