Baja laboral enfermedad común

Hola,
Estoy de baja laboral temporal por enfermedad común, y me han llamado de la mutua que tiene mi empresa para pasar una revisión médica además de la que tengo esta semana en la seguridad social.
Si el parte no es por accidente ni enfermedad laboral, ¿qué razones puede tener la mutua para que me llamen por su cuenta para incrementar los reconocimientos?
¿Tengo la obligación de ir a los reconocimientos de la mutua o atender el teléfono (también me están llamando de la empresa continuamente, lo que agrava mi problema digestivo por ansiedad)?
Gracias

1 respuesta

Respuesta
1
El objetivo tanto de la mutua como de la empresa es acosarte. Eso ya lo sabes sin que te lo diga nadie. La baja y alta por enfermedad común te la da tu médico de cabecera y la mutua sólo lleva la gestión del pago de dicha baja a partir del día 15 de la baja, pero el dinero no lo pone la mutua. La mutua puede proponer tu alta al médico de la SS que te dio la baja, pero no pueden darte de alta directamente. Por tanto, desde el punto de vista estrictamente legal:
1- No tienes ninguna obligación de ir a ninguna revisión de la mutua antes del día 16 de la baja.
2- Sólo tienes que acudir a las revisiones que puedan demostrar que te han notificado, es decir con burofax con acuse de recibo y certificación de texto.
3- No tienes ninguna obligación de coger el teléfono a nadie incluso aunque la baja te prescriba reposo domiciliario. Pero aunque lo cojas, siempre se aplica el punto anterior.
4- En la revisión no tienes ninguna olbigación de someterte a pruebas diagnósticas ni nada de eso. Necesitarían tu consentimiento escrito y la prescripción previa de tu médico SS. Tampoco tienes que darle ni poner en su conocimiento los resultados de análisis y/o otras pruebas que te hagan en la SS. Sólo tienes que ir si te lo notifican, y punto final.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas