¿Puede mi empresa obligar a trabajar en fin de semana?

Este próximo lunes voy a entregar en mi empresa una comunicación de reducción de jornada porque tengo un bebé de 4 meses y termino mi baja el 4 de diciembre.
Mis turnos son rotativos de 8:00 a 15:30 y de 15:00 a 22:00 de lunes a domingo.
En mi comunicación les digo que mi horario será de lunes a viernes de 15:00 a 19:00 horas. ¿Puede la empresa obligarme a coger los sábados y domingos ya que en una jornada normal también los trabajamos?
Y una cosa más: ¿Es conveniente que ponga en el escrito un plazo de "x" días para que me contesten o mejor les dejo unos días y los llamo yo a la semana de entregarlo?
En el caso de que sea conveniente poner plazo, ¿cuál cree usted que es el indicado?

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No pueden obligarte. De hecho hay una sentencia del tribunal constitucional (está en mi web) que lo confirma. Tu horario reducido está dentro del que hacías antes, por tanto cumple con lo que dice el Estatuto de los Trabajadores. Un buen comunicado puede ser este:
Fulanito comunica a Menganito S.A. que a partir del día POR ejerceré mi derecho a reducción de jornada por cuidado de mis hijos menores, siendo mi nuevo horario de trabajo el siguiente: lunes de tal a tal, martes de tal a tal... Si no se oponen al nuevo horario mediante comunicación escrita en el plazo de 5 días, este mismo documento servirá de aceptación expresa del nuevo horario. Madrid a fecha de...
Este documento te lo tienen que firmar en la empresa. Si no quieren se lo mandas por burofax (en Correos) con acuse de recibo y certificación de texto. Desde el momento de hacerlo ya estás protegida contra despido. Si se oponen por escrito tendrás que llevar el caso al juzgado de lo social (gratis y sin ser necesario abogado, pero puedes pedir uno de oficio). Si no contestan por escrito, teóricamente la reducción podría estar conseguida y se podría empezar con el horario reducido. Pero si no contestan también es mejor demandar. Desde luego es mucho más prudente. La demanda se pone en el juzgado de lo social. No se necesita abogado pero se puede pedir uno de oficio gratis. Se supone que es preferente por lo que el juicio se debería celebrar antes de 5 días y la sentencia no se puede recurrir. Aunque si pierdes nadie te impide pedir otro horario reducido, corrigiendo los "defectos" que indique el juez en la sentencia anterior, e iniciar de nuevo el proceso.
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Muchas gracias por haberme contestado tan pronto. Haré tal y como me dice usted en su respuesta.
De verdad que me ha servido de mucha ayuda ya que tenía dudas y estoy algo preocupada por ese tema.
Un saludo.

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