Traslado de empresa

Hola, dentro de un par de meses, la empresa nos traslada a toda la plantilla (unos 90) a una localidad distinta a la que hasta ahora veníamos trabajando.
La empresa nos dice, que como no es un traslado fuera de "PROVINCIA" no tiene porque compensarnos de ninguna manera, viajes ni comida.
Para hacernos un "favor" no da 3000 euros como ¿compensación? Para toda la vida.
Todos los días deberemos hacer unos 76 Km de viaje, más o menos una hora y media (debido sobre todo a la mala comunicación con transportes públicos.)
¿Tiene razón la empresa o tenemos derecho a que nos paguen los viajes y la comida?
Gracias.
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Vaya un listillo tu jefe, pero vosotros lo vais a ser más. Según el art.40 Estatuto de los trabajadores:
1- Un traslado que requiera un cambio de residencia (como es obvio que es éste, ya que requiere un desplazamiento de 1,5h) necesita un preaviso por escrito de 30 días. Eso de la provincia se lo ha inventado.
2- Tiene que estar justificado en razones económicas u organizativas, que el empresario tendrá que demostrar en caso de demanda.
3- Al requerir cambio de domicilio, cada uno de vosotros tiene derecho a rescindir su contrato cobrando una indemnización de 20 días de salario bruto (base reguladora dividida por 30) por año de servicio, con un tope de 12 mensualidades, además de tener derecho al paro.
4- También podéis demandar por considerar el traslado injustificado.
5- Al ser un traslado colectivo tiene que abrir un período de consultas con el comité de empresa de duración no inferior a 15 días, y notificarlo a la autoridad laboral. En esas consultas se negocia la necesidad del traslado y el importe de la indemnización que debe cobrar cada uno de los trasladado que acepte el traslado, sin perjuicio de que individualmente cualquier trabajador puede demandar la injustificación de su traslado y/o rescindir su contrato con la indemnización.
Como ves, no lo tiene tan fácil. Al ser un caso colectivo de tanta gente os aconsejo encarecidamente que acudáis a un sindicato. Se movilizarán, os lo aseguro, y saldréis en la TV local y en la prensa loca, y eso es mano de Santo. Si el mayoritario del comité es "amigo" de la empresa o siempre han mirado para otro lado, ir a otro sindicato.
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Gracias, pero tengo una duda.
El traslado es a 38 km de ida y 38 Km de vuelta, con lo que el tiempo empleado es en total, no por trayecto.
Ademas, hay otros compañeros que en su día ya fueron trasladados y a los que se les lleva pagando 18 euros/día aprox. desde hace 10 años.
¿No seria una prueba de agravio comparativo?
Por supuesto que sería una prueba a la hora de negociar la compensación por traslado. Realmente dan igual los km, porque hay sentencias que conceden la rescisión con 20 días simplemente porque el transporte al nuevo lugar sea mucho más complicado o perjudique a tu vida. Te vuelvo a decir que vayáis a un sindicato, que sois 90 y eso tiene mucha fuerza en la tele, y a un sindicato le gusta mucho salir en la tele.
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