Cambio de rango y salario

Hola buenos días: hace 8 meses empecé a trabajar
como encargada de logística para una empresa maderera familiar - contrato hasta
fin de obra(Así era como se publicitaba el puesto). Durante este tiempo, aparte
de encargarme de la logística de la empresa he estado realizando labores de
administrativa (Elaboración de albaranes, facturación, relación con clientes
extranjeros - hablo 3 idiomas-, etc.). Como las ventas se han reducido
considerablemente, como supuestamente no alcanzan los beneficios deseados y por
una serie de problemas que la empresa ha ido teniendo el los últimos meses
(Creo yo) hace un par de días me dijeron que me cambiaban de categoría con la
consecuente reducción salarial. Me han comentado que mis funciones no van a
variar. ¿Pueden hacer esto? Me pueden cambiar el salario, ¿manteniendo mi rango?
Si las ventas hubieran sido explosivas yo me pregunto: Harían esto a la inversa
(Subirme el sueldo...no claro)? Qué diferencias existen entre Administrativa de
primera, segunda y auxiliar? Mil gracias de antemano por su ayuda.

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Para hacer ese cambio que te han dicho han de cumplir un procedimiento. Se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo por las que se te comunica POR ESCRITO Y CON UNA ANTELACIÓN DE 30 DÍAS, que por temas económicos, organizativos, técnicos o de producción se te va a moodificar la categoría con la consecuente bajada de salario. Si no estas de acuerdo tienes 30 días para presentar reclamaciones y en caso de que finalmente dijeras que no al cambio la consecuencia seria un despido objetivo con una indemnización de 20 días de salario por año trabajado. Para todo ello la Empresa ha de demostrar que EFECTIVAMENTE existen esas causas que justifican el cambio de categoría y te garantizo que no es nada fácil. Por lo que tu podrías alegar que esos motivos no se dan porque tu sigues realizando más funciones de las que te corresponden y como tal tendría que ser un despido improcedente (que seria una indemnización de 45 días de salario por año trabajado)
Las diferencias entre las categorías que me comentas aparecen en el Convenio COlectivo al que pertenezcas pero suelen ser dependiendo del nivel de responsabilidad que adquieras, cuanto más tengas más categoría, etc

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