¿Accidente laboral?

Mi marido trabaja y reside en Madrid. Por motivos de trabajo va de vez en cuando a Frankfurt. Estando allí unos días el pasado mes de Agosto, sufrió una caída al salir de la ducha del hotel en el cual estaba alojado (la reserva la realizo y la pago la empresa). A raíz de dicha caída se fracturo una vertebra lumbar y tuvo que ser hospitalizado unos días allí.
Cuando volvió a Madrid fue al medico de cabecera para pedir la baja. El medico le remitió a la mutua. Fue a la mutua y esta, le dijo que no es accidente laboral, puesto que no había salido del hotel. La baja finalmente se la dio el medico de cabecera. Pero yo sigo pensando que es accidente laboral, puesto que estas desplazado de tu domicilio habitual.
Puedes darme tu opinión. ¿Qué tengo que hacer para reclamar? ¿Dónde debo de acudir y que plazos tengo para ello?.

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Parece que se trataría de un accidente laboral in itinere. Debes presentar una demanda contra la resolución de la mutua denegando la asistencia en el plazo de un mes desde que se produjo, impugnativa de alta indebida o una demanda en reconocimiento de derechos solicitando que el accidente sea declarado laboral. Para ésto último tienes un año desde la fecha del accidente
Perdona, que me quedé a medias, primero tienes que presentar una reclamación previa contra la mutua, el INSS y la TGSS en el domicilio de cada uno de ellos y pasados 45 días desde que las pongas si no te contestan o 30 días desde que te contesten en sentido negativo la demanda en el Juzgado de lo Social, incluyendo a la empresa
Perdona, pero no entiendo muy bien porque tengo que presentar una reclamación en el INSS y en TGSS. Lo de presentar la reclamación en la mutua si que me queda claro, aunque me gustaría saber si puedo presentar la reclamación en cualquiera de las sucursales de la mutua o tiene que ser en la central. ¿Es lo mismo una demanda que una denuncia?. ¿El plazo que tengo es un mes?. Gracias
Porque al tratarse de una mutua es una entidad colaboradora de la Seguridad Social y, en consecuencia, en el proceso debe estar presente tanto el INSS como responsable de la situación, como la TGSS como pagadora o posible pagadora de las prestaciones. Respecto de la Mutua puedes presentar la reclamación en cualquier oficina, siempre que te sellen una copia, respecto de los organismos oficiales puedes presentarlas en cualquier tesorería de la seguridad social. El plazo es de 30 días hábiles (contando los sábados como hábiles)
¿Puedo presentar solo la demanda de reconocimiento de derecho solicitando que sea accidente laboral? ¿Dónde debo acudir y que tengo que hacer y presentar?
Gracias
No, tiene que presentar la reclamación previa primero, en los términos establecidos en la respuesta anterior

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