¿Qué pasos tengo que seguir por una lesión producida en el trabajo?

Hace unos meses sufrí una lesión en mí trabajo he acudido a la mutua de accidentes de trabajo y me han dicho que no es accidente laboral y me han derivado al medico de atención primaria. Yo en la mutua he puesto una reclamación y ante el INSS una determinación de contingencia, ya que cualquier percance que sufras en tu horario laboral creo que puede considerarse accidente de trabajo. El INSS ha dictaminado que no se puede catalogar como accidente de trabajo y sigo estando de baja por enfermedad común, he puesto una reclamación previa ante el INSS. ¿Puede ser viable denunciar o es mejor intentar aguantar el máximo permitido de baja para que así te vea y valore el tribunal medico del INSS?. Estoy hecho un lio ya que no ha existido accidente de trabajo, sino la consecuencia del esfuerzo que realizo en mi puesto y la empresa no emitió en su día accidente de trabajo como tal sino parte de accidente para que me asistiera la mutua.

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Un accidente de trabajo es una situación fortuita causa como consecuencia o a consecuencia de la realización del trabajo, por otra parte, una enfermedad profesional es una enfermedad reconocida en el catálogo legal de enfermedades de trabajo provocada por el desarrollo de una actividad laboral concreta.

Si usted sufre un malestar y la mutua y el inss determinan que no se trata de un accidente de trabajo ni de una enfermedad profesional y usted no está de acuerdo, ha hecho bien presentando una reclamación a la mutua y al inss, en cualquier caso, si puede demostrar que su malestar es consecuencia del desarrollo de su actividad profesional puede presentar una reclamación ante la jurisdicción civil en contra de la mutua.

Si por el contrario usted desea esperar a agotar el plazo máximo de incapacidad temporal, un tribunal médico valorará su estado de salud para valorar una posible incapacidad permanente, darle el alta (en caso de estar recuperado) o bien una prórroga extraordinaria de la baja ante una posible recuperación. Contra la resolución del tribunal médico cabe la posibilidad de presentar un recurso administrativo, una vez agotada la vía administrativa si considera que el inss no tiene razón también podrá presentar una demanda ante el juzgado de lo social en este caso.

Entiendo que al no haber realizado la empresa parte de accidentes es difícil probarlo con lo cual no sería recomendable presentar demanda en el juzgado de lo social y tendría que esperar a cumplir el plazo máximo de incapacidad temporal para pasar tribunal medico.

Sí, será difícil demostrar que se trata de un accidente de trabajo, y más teniendo en cuenta que tanto la mutua como el inss están de acuerdo en catalogarlo como una enfermedad común. Aunque insisto en que usted si lo considera conveniente puede presentar una demanda en contra de la mutua y del inss.

Puede que lo mejor sea que agote el periodo de incapacidad temporal y que el tribunal valore su estado de salud.

Muchas gracias por su aclaración ya que me temía que al no existir parte de accidente me comentaron que iba a ser difícil de demostrar y que me iba a gastar en abogados para no conseguir sacar nada en claro y por el tiempo que llevo de baja al igual llego a agotar el periodo de incapacidad ya que me tienen que intervenir quirúrgicamente y después tengo que hacer rehabilitación y a fecha de hoy todavía no tengo fecha de intervención y ya han pasado prácticamente seis meses. Muchas gracias por su aclaración.

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