Baja laboral

Cuando estas de baja laboral y tienes prorrateadas las pagas extras, ¿tienen qué abonarlas íntegras?
¿Y la antigüedad?

1 respuesta

Respuesta
1
Cuando estás de baja laboral, a partir del segundo día cobras un 75% de tu base de cotización. En la mayoría de empresas, por convenio, la empresa paga el 25% restante por lo que cobras el 100% de tu salario.
En la base de cotzación entra el cómputo de todos los conceptos salariales, incluidas las pagas extra y la antigüedad, por lo que en la baja, aunque sea en concepto de incapacidad laboral, te entra tu parte de paga y de antigüedad.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas