Categoría profesional

Hola buenas tardes, mi pregunta versa sobre la categoría profesional. El caso, es que actualmente tengo un contrato de trabajo en précticas con la categoría de Técnico logístico cuya finalización será a mediados de agosto. Y posteriormente me harán un nuevo contrato como indefinido. El contrato que tengo se basa en el titulo de licenciado que poseo, dicha categoría así lo refleja, pero el sueldo no se corresponde con el que marca el convenio, porque según el estatuto de los trabajadores me pueden retribuir con el mínimo del 60 % que marca el convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias del frío.
Mi pregunta es la siguiente, ¿una vez que finalice el periodo de prácticas, podrían bajar mi categoría profesional en el nuevo contrato, y retribuirme por esta nueva categoría? Actualmente desarrollo las mismas funciones que otros compañeros con categoría inferior, pero no disfruto de los mismos beneficios, como descansos (trabajando unas 53 horas a la semana), vacaciones, horas extras, incentivos por objetivos... Situación que me tiene bastante confundido, puesto que la responsabilidad considero que es bastante superior a la de una persona con contrato en prácticas.
Muchas gracias, disculpa por alargarme tanto en la pregunta para exponerte mi situación. Espero que resuelvas mi duda.

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En el contrato indefinido que te hagan te podrían marcar otra categoría diferente, lo que nunca podrían hacer es bajarte el salario. Para ello te tendrían que despedir y contratarte de nuevo con otra categoría.
Al final lo que tienes que ver es que como mínimo cobres lo estipulado para tu categoría, si es más mejor, pero si es menos es denunciable
Buenas noches y gracias por tu rápida respuesta, pero necesitaría una pequeña aclaración. Si llevas 6 meses con una categoría profesional dentro de una misma empresa, ¿no consolidas esa categoría? En el contrato que me hicieron, consta que éste se lleva a cabo en virtud del titulo de licenciado que poseo, y según parece en el convenio colectivo tengo la categoría más alta de técnico titulado superior, por lo que se supone que en el nuevo contrato no pueden pasar por alto la anterior categoría, y adjudicarme una sin la cualificación que tengo acreditada.
Puesto que mi salario es de 1070 euros (es un sueldo fijo, sólo base y plus salarial) debo suponer que ese es el tope mínimo del nuevo contrato o debo entender que lo mínimo vendría establecido por lo que marca el convenio colectivo por dicha categoría, que es un sueldo bastante superior. No entiendo porque en el contrato de prácticas te dan la categoría superior pagándote un sueldo inferior como se permite en la modalidad de prácticas, y posteriormente en un nuevo contrato se pueden modificar la categoría y las condiciones perjudicando mi situación.
Muchas gracias de nuevo por la anterior respuesta y espero que esta pregunta no sea muy confusa y me la puedas resolver.
Para que se consolide como derecho adquirido ha de perdurar en el tiempoe el contrato. Si el tuyo finaliza y no te renuevan y luego te vuelven a contratar ese derecho consolidado desaparece. Solo prevalece para el caso de que te renueven en cuyo caso, no te pueden cambiar la categoría y si has sido contratado como licenciado han de respetarlo, en caso de no hacerlo puedes denuncairlo
Buenas noches, muchas gracias por aclarármelo todo, ha sido muy útil para mi, la respuesta y el tiempo que has empleado en solventar mis dudas. De nuevo, me reitero en mi agradecimiento y espero que algún día pueda ser yo quien te preste ayuda.
Gracias.

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