¿Despido procedente o improcedente?

Hola,
Una amiga que trabaja en una agencia de viajes cobró un viaje a unos clientes con una tarjeta de crédito falsa, ella no se dio cuenta lógicamente.
Ahora la empresa la ha despedido por este motivo alegando que tenia que haber consultado con un superior, pero ella tenia siempre total libertad para cobrar a los clientes.
Seria procedente en despido o no, y tiene derecho a indemnización y desempleo o no.
Gracias de antemano

1 respuesta

Respuesta
Si en su Convenio Colectivo está tipficada esta falta como grave el despido sería procedente y por lo tanto no tendría derecho a paro. Lo que tendría que hacer es una vez que le den la carta decir que no está conforme e interponer una papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación) para decir que el despido es improcedente. En este caso si etndria derecho a paro
Veras,
Es que otro experto me ha comentado que según el art. 208 1.1. c) de la LGSS, si tendría derecho a desempleo ya que se incluye todo tipo de despidos, no se, me lo podrías aclarar y comentarme algún articulo que así lo indique
Efectivamente, el articulo 208 1.c) y 209.4 junto con la Ley 45/202 disposición transitoria 2ª2 establecen cualquier despido como causa de situación legal de desempleo, pero entiendo que tu amiga si acepta el despido procedente está aceptando que no ha habido error por su parte y lo reconoce. COn ello para futuros trabajos puede tener problemas.
Mis más sinceras disculpas por mi primera afirmación

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