¿Hay alguna tabla que haga referencia a las dietas y cantidades fuera de España?

Soy del ramo del metal y mi empresa es de barcelona
Hace tres meses firme un contrato para trabajar en francia ( toulouse) a 400 km de barcelona.
En principio nos ofrecieron y nos han estado pagando 92 euros diarios por 5 días, no por 7 como creo que seria lo legal, la empresa también pone furgoneta para el trasporte y los gastos de peaje y gasoil, para que bajemos cada 15 días.
Esta semana el jefe nos dijo que abrían cambios y que nos pagarían solo 80 euros por 7 dietas o días y que nos retiraban el vehículo de empresa. Con lo cual tendríamos que utilizar nuestro coche propio para el desplazamiento a francia.
Nosotros pedimos 92 euros por día 7 dietas y la empresa nos regatea a 87euros por día .
Mi jefe alega que si le presento algún documento oficial que diga que la dieta son 92 euros diarios el nos la pagara
Donde puedo encontrar algún documento relacionado con las cantidades que debo de percibir por día y dieta y quien regula estas cantidades, ¿hay alguna tabla que haga referencia a las dietas y cantidades fuera de españa? ¿Me puedo negar a hacectar las nuevas condiciones?

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¿Qué tipo de contrato tenéis con la empresa? ¿Con tu pregunta sobre los 92 euros te refieres al salario o únicamente a las dietas?
En el convenio se establecerán la cantidad a percibir por dietas, lo consultaré, pero la cantidad del convenio es mínima a percibir y el salario siempre es negociable al alza por lo que no tenéis que presentarle nada a tu jefe simplemente negociar el dinero que queréis, salvo que os pague menos de lo indicado en el convenio y en ese caso solo tendríais que exigirlo.
Llevo un año en la empresa, me hicieron un nuevo contrato hace 3 meses para ir a francia aunque en el contrato nuevo me reconocen la antigüedad anterior.
El contrato es por obra y servicio
Los 92 euros diarios son para la dieta(dormir, comer, cenar y desayuno) y mi sueldo es de 1533 euros mensuales por una jornada de 9 horas, lo mismo que cuando trabajo en barcelona
No se si tu convenio es industria siderometalúrgica o comercio de metal.
El primero lo tienes en el siguiente enlace:
https://www.gencat.net/eadop/imagenes/4915/07163048.pdf
Las dietas están reguladas en el art. 63.
El de comercio de metal, tablas salariales:
https://www.gencat.net/eadop/imagenes/4849/07053090.pdf
es este mira el art. 2
Como derecho mínimo sería la dieta anterior, por las comidas más gastos: desplazamiento, alojamiento, desayuno,...

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