Reducción de jornada

Buenos días. Mi nombre es María y ya le había hecho una consulta la semana pasada sobre reducción de jornada y tenia otras preguntas por si fuera tan amable de ayudarme.
¿La reducción de jornada tiene que ser de un tanto por cierto al día? Es decir, yo tengo que reducir una hora al día, por ejemplo, o puedo reducir siete horas y media a la semana, ¿divididas en tres tardes?
Mi otra pregunta es: ¿Cómo puedo saber el sueldo que me quedaría con la reducción? O bien de 5 horas, ¿o de 7.5 horas y media? Es que va a depender de lo que me descuenten el hecho de pedir una reducción u otra.
Muchísimas gracias y un saludo.

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La reducción es un % que se aplica sobre la jornada semanal y lo puedes escoger entre el 12,5% y el 50%.
En cuanto a la distribución de esa reducción, es libre. Te puedes quitar horas, días completos o una mezcla. De lo que se trata no es de decir qué horas te quitas, sino comunicar cuál va a ser tu nuevo horario. Por ejemplo:
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LAMAMADENICO comunico a EMPRESA PUTEADORA S.A. que a partir del día POR me acojo a mi derecho de reducción de jornada por cuidado de hijo menor. Mi horario a partir de ese día será:
-Lunes de 9 a 14.
-Martes de 9 a 14.
-Miércoles de 9 a 14.
-Jueves de 9 a 14.
Totalizando 20h semanales.
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El horario es LIBRE siempre y cuando no sea abusivo. Por ejemplo no deberías ponerte horas en que la empresa esté cerrada u horas en las que tu trabajo no sea necesario. Eso quiere decir que si tu horario nuevo está DENTRO del viejo no tendrás ningún problema.
Para saber la reducción de sueldo, coges una nómina y reduces el salario base en el mismo % que te reduces la jornada. El plus de transporte no debe ser reducido si vas a trabajar los mismos días que antes. Si fueras a trabajar menos días se reduciría en proporción a los días que te hayas quitado.
Los demás pluses (incentivos, dietas, antigüedad, etc.) dependerá de cómo los defina el convenio. Algunos deberían reducirse y otros no. Por ejemplo, si el de antigüedad es un fijo que depende del nº de años en la empresa no debe reducirse, pero si es un % de incremento que se aplica sobre el salario sí que te lo reducirían.
Por otro lado, al cobrar menos podrías pedir que te retuvieran menos de IRPF, por ejemplo que te retengan el 2%.
En resumen, que más o menos si te quitas el 50% de jornada vas a cobrar algo más del 50% del neto que cobrabas antes.

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