¿Despido improcedente?

Hola soy David, llevo trabajando 2 años en la misma empresa, tengo contrato indefinido. Ahora me han aviso con 15 días de antelación de mi despido. Solo justificando motivos internos de la empresa.
¿Esto puede considerarse despido improcedente?
¿Aparte de pedir mi finiquito, también tengo que cobrar lo relativo al despido improcedente?
¿Cuáles son los factores que determinan si un despido es procedente o improcedente?

3 respuestas

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¿Qué tipo de contrato tienes? Si el contrato es indefinido sería un despido y por lo tanto tendrían que indemnizarte, si fuera temporal seguramente quieren enfocarlo como finalización del mismo, pero si la finalización no es real también deberían indemnizarte.
Por lo tanto para que no puedas reclamar además de la liquidación deben pagarte una indemnización de 45 días por año, si esto no es así busca ayuda profesional (abogado, sindicato, graduado social,...) para reclamar lo que puede corresponderte.
Los factores que determinan si un despido es procedente o improcedente son si la empresa puede o no justificarlo, es decir si la justificación del mismo es real en base a la Ley.
Respuesta
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- La empresa debe considerar este despido improcedente, es decir, debe pagarte junto con la liquidación, una indemnización de 45 días de salario por año trabajado.
Otra cosa es que la carta que te hayan dado han alegado un despido disciplinario por que hayas realizado algún incumplimiento contractual.
Ojo debes exigir y cobrar la indemnización.
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Un despido improcedente da derecho a cobrar una indemnización de 45 días por año de antigüedad. En tu caso 90 días. En caso de despido procedente no se cobra esa indemnización.
Simplemente pon la reclamación en plazo (20 días desde que te lo comunicaron). La empresa tendrá que demostrar dos cosas:
-Que lo que argumenta en la carta es cierto.
-Que además de ser cierto es causa de despido, según el convenio aplicable.
No podrán y les condenarán a pagarte.
Además, ya que reclamas, revisa tus últimas 12 nóminas porque les puedes reclamar cualquier cosa que te deban. Para saberlo revisa las tablas salariales vigentes y los pluses a los que obliga el convenio.
www.laboro.es.gd

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