Comisión de Servicio y despido

Soy el único empleado en la delegación de una empresa con sede en León. Es muy probable que esta delegación se cierre por falta de materia prima en la zona con lo que a mi me ofrecen seguir trabajando en León aunque no estoy dispuesto a ello. Pero antes del cierre, me proponen irme al norte en comisión de servicios por 3 meses. ¿Me puede perjudicar si acepto la Comisión de Servicios para la indemnización por despido cuando cierre esta delegación? Esta indemnización, ¿sería de 20 dias/año por negarme al traslado o 45 días por cierre de la delegación?

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Que te vayas temporalmente no tiene que afectar a tu indemnización, a no ser que cobraras menos.
Pero eso sí, si el traslado es temporal te tienen que pagar las dietas diarias que diga en el convenio, más el viaje inicial y el final.
Si cierran tu delegación y las otras sedes son de la misma empresa CON EL MISMO CIF puedes negarte a ir y reclamar contra despido improcedente (45 días de indemnización por año) y la empresa tendría que demostrar que el cierre es justificado.
Si pueden hacerlo entonces tendrías que incorporarte a la nueva delegación, pero a eso podrías negarte ya que exige un traslado de domicilio, pero en ese caso la indemnización sería de 20 días por año.
www.laboro.es.gd

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