Vacaciones y maternidad

Hola, buenos tardes. Estoy embarazada y me toca dar a luz en junio. Mi empresa cierra ( solo en teoría, lo pone en el calendario laboral pero luego en realidad, se hacen turnos la mayoría de las veces ) en agosto. Dicen que si se cierra, pierdo las vacaciones. Una compañera que la pasó lo mismo me ha dicho que antes de que salga el calendario laboral presente un escrito pero el responsable de recursos humanos me dice que no vale para nada, y que en el momento que se hablen de las vacaciones más adelante, se tendrá en cuenta mi caso.

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Arreglar algo amistosamente pero legalmente es confiar que la empresa ceda. Si lo consigues pues perfecto. La ley está de tu parte.
El art. que me envías no hace más que reforzar lo que te comenté. Tienes derecho a disfrutar vacaciones en un periodo que no sea ni en baja maternal ni en cierre de la empresa. Por tanto, es cuestión de que elijas el medio adecuado. Yo siempre prefiero el amistoso, pero muchas veces no resulta.
Lo que a mi me gustaría es arreglarlo legalmente pero amistosamente con la empresa. Ya se que si lo pongo en manos de abogados, tengo las de ganar, pero no quiero llegar a eso. En nuestro convenio pone respecto de las vacaciones: No se iniciará el disfrute del periodo de vacaciones cuando antes de la fecha prevista para ellas, el trabajador se encuentre en situación de IT, derivada de accidente de trabajo, enfermedad profesional o situación de maternidad. En el supuesto de maternidad, dicho disfrute se llevará a cabo siempre que no medie regulación del disfrute de vacaciones de modo colectivo. Dicho trabajador tendrá derecho a su disfrute una vez obtenida el alta medica y las comenzará de común acuerdo con la empresa. Después de esto, ¿qué me dices? Si el disfrute es colectivo, es cuando me han dicho que me quedo sin ellas...
Pero vamos a ver, si el art.dice:"En el supuesto de maternidad, dicho disfrute se llevará a cabo siempre que NO medie regulación del disfrute de vacaciones de modo colectivo". ¿Esto no quiere decir que si hay disfrute colectivo, no hay nada que hacer? ¿Sabes algo sobre el escrito del que te hablo para presentar con antelación y no perderlas?
Gracias.
Vamos a ver matyfer.
Las vacaciones no se pierden porque las empresas cierren. Siempre tienes derecho a ellas y además, tienes derecho a ellas en periodo laboral, es decir, que si la empresa cierra en agosto, ese periodo no se considera vacaciones, por tanto, te correspondería tus vacaciones en otro periodo.
Ahora bien, lo de que la empresa cierre me extraña. Las empresas no cierran. Puede ser que no tenga actividad, pero es diferente. Las empresas solo cerrar por cierre patronal. Por tanto, te aconsejo que acudas a un abogado, para que te interponga una reclamación por vacaciones, para que sea un juez quien establezca tus vacaciones.
Querida natyfer:
No sé si yo no te entiendo o tu no me entiendes.
Vamos a ver, el que la empresa cierre en agosto, ¿Qué tiene que ver con tus vacaciones y con tu maternidad? No termino de comprenderlo.
El que estés de baja no puede afectar a tus vacaciones. Tienes derecho a ella de forma normal y natural, es decir, 30 días, que las disfrutarás en periodo laboral y de alta. Eso dice la ley y la jurisprudencia.
Así es la cosa, y lo que diga el convenio me da igual. Si no dice lo que yo te he dicho pues es ilegal.

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