Demanda y Modificación de régimen de visitas

Tengo una hija de cuatro años de la que ostento la guarda y custodia mediante un convenio establecido de mutuo acuerdo con su padre desde que ella tenía dos años. No hubo matrimonio y nuestra hija siempre vivió conmigo. Establecimos un régimen de visitas de dos tardes (martes y jueves) a la semana, fines de semana alternos y mitad de vacaciones.

En la actualidad el padre de mi hija me ha demandado por incumplimiento del régimen de visitas por haber coincidido un jueves con un puente escolar en el que yo estaba en compañía de nuestra hija. Y adjunta la demanda (en la que no existe incumplimiento alguno por mi parte) a una solicitud de modificación del régimen de visitas establecido. Solicita aumentar las pernoctas con él, los martes y jueves, además del domingo que le corresponda. Llevándola al colegio los miércoles, viernes y lunes que corresponda.

Ante la existencia de demanda, al no existir incumplimiento alguno por mi parte, y sin tener derecho a justicia gratuita, me siento desprotegida y necesito asesoramiento legal.

Me opondría a este cambio habida cuenta de la necesidad de una estabilidad en la niña, al entender que dormir cada noche en un domicilio no se garantizaría.

¿Cuál sería el coste económico de este proceso para mi? ¿Al existir demanda y no haber incumplimiento la ley me ampara?

1 respuesta

Respuesta
1

Para que pueda prosperar una modificación de medidas tiene que darse un cambio sustancial con respecto a las circunstancias que se tuvieron en cuenta para establecer las medidas que ahora están vigentes. Por lo que me dices, si la única razón que alega el padre para modificar las medidas es que ha existido incumplimiento reiterado por parte de la madre, podría prosperar, pero... teniendo en cuenta que se trata de un solo incumplimiento y que por lo que me cuentas es dudoso, pues no veo que por esa razón el juez acceda a la modificación. En cuanto al coste del procedimiento dependerá de los honorarios de los profesionales que te representen, el procurador se rige por unos aranceles del colegio de la provincia donde residas y el abogado por los criterios orientadores del colegio profesional del lugar donde residas igualmente, aunque en el último caso son orientadores. Los precios pueden oscilar entre 750 y 1400 euros.

Me alivia mucho explicación y le agradezco enormemente la prontitud de su respuesta. No obstante, y teniendo en cuenta la trayectoria judicial a la que me he visto arrastrada en más ocasiones (auxilio judicial por la elección de colegio de nuestra hija...) y habiendo llegado a ser demandada injustamente en esta ocasión... ¿existe algún tipo de protección judicial que pueda solicitar? Me veo obligada a defenderme, con un coste económico al que no puedo hacer frente, ¿existe alguna medida al respecto que ponga limites al demandante en estos casos?

Espero haberme explicado y siento volver a ocupar su tiempo

Lo cierto, es que esta pregunta que me haces es muy interesante, si la parte contraria tiene acceso a la justicia gratuita será difícil de parar, aunque si te denuncia falsamente debes interponer denuncia por esa denuncia falsa, esto cuando son condenados suele frenar para siguientes ocasiones. Con respecto a la modificación de medidas te obliga a personarte con abogado y procurador; ten en cuenta que quizás tengas acceso a la justicia gratuita tu también, han cambiado los requisitos para acceder a ella, enterate antes.

Él tiene derecho a justicia gratuita y me informaré por si yo también lo tuviera. Espero ser yo quien algún día pueda asesorarle y devolverle esta ayuda.

Mil gracias

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas