Distinta aportación dineraria al matrimonio

EXPONGO MI CASO:
Hace un año, mi novio y yo nos compramos un terreno al 50% donde
pretendemos, en unos años, construir nuestra casa. Tenemos previsto que dentro de un año, nos iremos a vivir juntos a un piso de propiedad de nuestros padres, hasta que consigamos ahorrar lo suficiente para poder construir la casa. Actualmente mi chico está desempleado, mucho a nuestro pesar, y la única que trabaja soy yo. Probablemente decidamos casarnos cuando vayamos a vivir juntos pero surgen varias cuestiones que no se como plantearlas para no beneficiar ni
perjudicar a nadie:
El dinero que yo tengo ahorrado hasta ahora y el que ahorraré antes de vivir con él, pretendo invertirlo en la vivienda. Él no va a poder aportar prácticamente nada porque está desempleado. ¿Se puede poner alguna cláusula en la escritura de la casa donde diga que yo aporté tal cantidad de dinero para la construcción y él
aportó otro % de dinero procedente antes del matrimonio y que tenemos un préstamo en común por tal cantidad y que comúnmente hemos aportado tanto?. No me gusta hacer esta pregunta pero prefiero hacer las cosas bien, en el caso de separación, Cómo el terreo es al 50% y en la construcción los porcentajes cambian, tendríamos el préstamo al 50%, aportación ahorrada los años de matrimonio al 50%, su aportación por el % que fuera y mi aportación por el resto, ¿tendríamos los dos la misma fuerza para ordenar una venta de la vivienda o decir quedárnosla el uno o el otro?.

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Los porcentajes de aportación económica deben quedar especificados expresamente en la escritura.

En cuanto a su otra pregunta, como copropietarios, ninguno puede obligar al otro a vender. Pero tampoco le puede obligar a permanecer en proindiviso si el otro no quiere. Explico este galimatías... Usted podría vender su 50% si quiere, pero no puede obligarle a él a vender el suyo si él no quiere. Otra cosa es que es difícil encontrar a alguien que compre solo un 50% de una propiedad.

En este caso, usted, que quiere vender su 50%, significa que no quiere seguir en proindiviso, es decir, no quiere seguir siendo copropietaria. En este caso, la Ley dice que, o bien él le compra su parte a usted, o usted se la compra a él, o si no es posible ninguna de las dos opciones, deben venderla a un tercero.

Si la cosa se pone fea porque no hay manera de llegar a ningún acuerdo, mediante un procedimiento judicial de división del condominio ( muy caro y poco ventajoso) se vende el inmueble en pública subasta.

Sometiendo esta respuesta a una mejor opinión fundada en derecho.

Muchas gracias por su aclaratoria y extensa respuesta.

Pero la duda que me surge es si a mi me corresponde tener un % más alto que a él de propiedad de vivienda y a la hora de vender tenga más derecho que él.

Yo aporto: el terreno es al 50 % + el dinero ahorrado unicamente por mi,estando soltera, para la construcción (alrededor del 30% de valor construcción)+ dinero ahorrado entre los dos (en el matrimonio) + préstamo con 2 titulares

Él aporta: terreno 50% + dinero ahorrado entre los dos + préstamo con dos titulares

Gracias

Quizá no me he sabido explicar. En cuanto a derechos van a tener los mismos, me remito al mensaje anterior.

Sin embargo, cuando se venda a un tercero, si usted en las escrituras ha dejado fijado con exactitud las aportaciones de cada uno, usted recibirá de la venta la parte que proporcionalmente usted haya aportado de más. Es decir, si usted pagó, por ejemplo, un 60% del total (terreno y finca) y él un 40% del total ( terreno y finca) así debe quedar escriturado. Por tanto, cuando lo vendan, usted tendrá derecho a percibir el valor del 60%.

El día de mañana, ustedes no lo van a vender terreno por un lado y vivienda por otro, sino que va todo unido. Por tanto todo ello tendrá un valor económico. Eso es lo que debe usted calcular. Cuánto de más ha puesto usted y escriturarlo de esa manera.

El único derecho que usted tiene es a percibir de la venta posterior, la parte correspondiente al esfuerzo económico hecho por usted, y solo para el caso de que así quede escriturado o en caso contrario, si lo escrituran todo al 50%, guarde bien las facturas y aquellos documentos que acredite lo que usted ha puesto de más.

Espero haberme hecho entender ahora... Si le surge alguna otra duda, no dude en preguntar las veces que haga falta...

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