Bienes inmuebles no afectos a AAEE, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados.

Tengo algunos problemas con mi borrador, a ver si me podéis ayudar.
En 2013 mi pareja y yo vivimos de alquiler desde Enero hasta Octubre (ambos incluidos, por lo que son 10 meses de alquiler pagados en 2013 los cuales me puedo deducir en la declaración). El 25 de septiembre de 2013 firmamos las escrituras de la casa que adquirimos en propiedad, no entrando a vivir en ella hasta el 25 de octubre de 2013 (vivienda de segunda mano con un mes de precario). Además, el domicilio fiscal que me aparece en el borrador es el de casa de mis padres, pero estoy empadronada en mi vivienda habitual, la que tengo en propiedad. Pues bien, en el borrador aparece el concepto “Bienes inmuebles no afectos a AAEE, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados. Rentas totales derivadas de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas. Suma de imputaciones de rentas inmobiliarias” con un importe de 176€ que no sé si es correcto, ya que creo que esto solo hay que ponerlo en segundas viviendas, pero no sé si Hacienda considera que, al coincidir durante un mes mi vivienda en propiedad con la de alquiler en 2013, son dos viviendas que he tenido a la vez.
En el resumen del borrador abajo del todo aparece como vivienda habitual la de alquiler, y la mía aparece como a disposición de sus titulares. ¿Es un error o está bien tal y como lo ponen?

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Por lo que a la información de inmuebles se refiere, Hacienda muestra la información que obra a su disposición, y no es extraño que no concuerde con la realidad, si bien en su caso, y a excepción del tema de su domicilio fiscal (que puede arreglar mediante la presentación del modelo 01), el resto parece bastante certero.

En su caso, la forma correcta de realizar la declaración, que por lo que me dice es exactamente lo que ha hecho Hacienda es la siguiente:

-Declarar la vivienda alquilada como su vivienda habitual durante los 10 primeros meses del año (y deducirse por ella)

-Declarar su vivienda en propiedad como su vivienda habitual durante los dos últimos meses del año (para demostrar eso basta con tener el certificado de empadronamiento en la misma desde esa fecha o cualquier otro documento que lo demuestre)

-Realizar la imputación de renta correspondiente a su vivienda en propiedad desde la fecha de firma de la escritura y hasta el 31 de Octubre, ya que durante ese tiempo su vivienda habitual fue la vivienda alquilada y por tanto su vivienda en propiedad es una vivienda a su disposición. Para el cálculo de la misma le recomiendo que le de un vistazo a http://www.misfinanzasytudinero.com/renta-inmobiliaria-imputada-irpf/

Espero haberle sido de ayuda y si tiene alguna otra cuestión no dude en comentármela, estaré de verás encantado de ayudarle. Aprovecho para comentarle que en mi blog www.misfinanzasytudinero.com publico artículos relacionados con la fiscalidad y las finanzas que igual le pueden ser de ayuda en otra ocasión. Puede suscribirse al mismo o unirse a mi twitter o google+ y así mismo le agradecería que si considera que el blog es interesante y cree que puede ayudar a más gente le diera difusión en sus redes sociales.

Muchas gracias por la aclaración!! Entiendo entonces que estaría bien tal y como está y que tengo que declarar ese importe por ese mes, a pesar de que, como firmamos en las escrituras un mes de precario, no podíamos irnos a vivir allí desde la fecha de firma (25 de septiembre)?

Efectivamente así es, ya que aunque no pudierais iros a vivir, la vivienda es vuestra desde la firma de la hipoteca.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le ayude con estas cuestiones. Es posible que tenga que realizar la declaración mediante el programa PADRE, para modificar los datos que hacienda tiene en el borrador.

Usted ha de indicar como vivienda habitual la que tenga el 31 de diciembre, como usted no ha comunicado esto en hacienda, lo hace ahora mediante la declaración y ha quitar la segunda vivienda, para que no le imputen rentas derivadas de bienes inmuebles...

Ademas ha de incluir el alquiler...

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